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María F. Cabal, Paloma Valencia y Paola Holguín demandaron la ley de paz total del Gobierno Petro

Las senadoras radicaron una demanda contra la Ley 2272 de 2022, conocida como la “Ley de Paz Total”.

  • Senadoras María Fernanda Cabal, Paloma Valencia y Paola Holguín demandan Ley de Paz Total por irregularidades constitucionales. Foto: Archivo
    Senadoras María Fernanda Cabal, Paloma Valencia y Paola Holguín demandan Ley de Paz Total por irregularidades constitucionales. Foto: Archivo
16 de diciembre de 2022
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Este viernes las senadoras María Fernanda Cabal, Paloma Valencia y Paola Holguín, del partido Centro Democrático, demandaron la Ley de Paz Total del Gobierno de Gustavo Petro, al considerarla inconstitucional.

Las congresistas solicitaron que dicha ley se declare inexequible porque su aprobación no contó con el concepto del Consejo Superior de Política Criminal, CSPC, además de “consecutividad y desconocimiento del derecho de igualdad de las víctimas”.

Los argumentos presentados por las demandantes, señalan que, por falta de concepto del CSPC, ante el contenido de la misma, y su alcance, era “obligación que el Gobierno Petro, someterlo a estudio técnico previo a radicarlo en el Congreso”.

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Para ellas, el penúltimo inciso del artículo 2, y los artículos 10, 11 y 12, de dicha Ley, vulneran los principios de consecutividad e identidad flexible, es decir, para las accionantes, estos también son inexequibles.

Por eso, consideran que la Comisión de conciliación incurrió en una extralimitación de funciones al incorporar en el texto final de dicha Ley a los mismos, ya que “estos artículos fueron expresamente negados por la plenaria del Senado”.

El inciso del artículo 2 señala que “la política de paz será una política de Estado y, en tal sentido, comprometerá a las autoridades de todas las ramas y niveles del poder público, quienes deberán orientar sus actuaciones a darle cumplimiento”, y que los próximos gobiernos deberán garantizar la continuidad de tal mandato.

Dichos artículos, como el 10 y el 11, establecen la generación de un “Fondo para la Paz”, la creación de “Programas Especiales para la Paz”, y el 12 “tendrá por objeto la financiación de las acciones que definan el Presidente de la República y el Gabinete de Paz, así como de los programas encaminados al logro y la consolidación de la paz en Colombia, de acuerdo con la política vigente sobre la materia”.

Para las senadoras del Centro Democrático, la aprobación de los mismos viola el principio de consecutividad al no haber sido aprobados en cuatro debates, como lo señala la jurisprudencia.

En tercer lugar, demandan el artículo 5 de la Paz Total, pues según ellas, este desconoce los derechos de igualdad, y el acceso a la justicia por parte de las víctimas. Este propone que se propicien actos que permitan entablar una conversación, y un diálogo con “estructuras y grupos armados, firmar acuerdos con los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley”, con el propósito de adelantar procesos de paz.

Solicitan “de forma subsidiaria, la inexequibilidad (...), toda vez que se ha incurrido en una omisión legislativa, al desconocer los derechos de las víctimas de los beneficiarios de dicha norma”.

La ley de paz total no ha contado con el respaldo social y político esperado. Ha sido vista con distancia porque, se teme, podría ser sinónimo de impunidad para los victimarios, e injusticia para las víctimas tras tantos años de conflicto armado.
Quienes la respaldan consideran que esta política de Estado permite consolidar un nuevo proceso por la búsqueda de la paz en el país, al propiciar un diálogo abierto con actores de la guerra, grupos armados y las comunidades.

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