En un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó a 12 miembros del Batallón de Infantería Número 27 del Ejército Nacional, por el asesinato de un campesino de 34 años en Huila.
Los soldados sancionados son el sargento segundo Willlam Andrés Capera Vargas, cabo tercero José Roldán López Cerón, y los soldados profesionales José Yati Anacona Bueno, José Alfredo Córdoba Vargas, Óscar Mauricio Álvarez Cuéllar, Humberto Javier Cerón Sánchez, Jorge Eliécer Urbano Ortiz, Ellécer Alonso Jojoa Ruiz, Fáiver Hernán Buesaquillo Quinayas, Darío Zúñiga Ruiz, Yiminson Hurtado Hurtado y Jhon Kenedy Guevara Campo.
El fallo dicta inhabilidad general por el término de 20 años y pérdida del derecho a concurrir a las sedes sociales y sitios de recreación de las Fuerzas Militares.
El asesinato se dio el 17 de enero de 2008 cuando los soldados hacían operaciones entre veredas El Carmen y Chontillal, en el municipio de San Agustín (Huila). El agricultor no tenía ninguna relación con las hostilidades del conflicto armado.
Los hechos mencionados dan cuenta que los militares no actuaron en la forma que se los demandaba la Constitución Nacional, la Ley, el reglamento y los convenios internacionales, debido a que tienen que velar por la protección de la población civil.