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¿Se puede presentar la cédula digital para votar en las elecciones del 29 de octubre?

Al igual que en otras jornadas, uno de los requisitos indispensables para poder ejercer su derecho en las elecciones regionales es la presentación de la cédula de ciudadanía.

  • La cédula digital empezó a expedirse en Colombia desde septiembre de 2022. FOTO: cortesía Registraduría
    La cédula digital empezó a expedirse en Colombia desde septiembre de 2022. FOTO: cortesía Registraduría
  • ¿Se puede presentar la cédula digital para votar en las elecciones del 29 de octubre?
02 de octubre de 2023
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Son el mismo documento, con el mismo valor, pero en diferente formato. Desde hace un año los colombianos pueden llevar la cédula de ciudadanía en la billetera o en el celular, luego de que la Registraduría adelantara el proceso de expedición de la cédula digital que facilita un sinnúmero de trámites en el país.

Como el documento que lleva en el teléfono tiene la misma validez que el físico, cientos de colombianos se vienen presentando, en plena época electoral, si la cédula digital será válida para votar en las próximas elecciones regionales del 29 de octubre.

La Registraduría ya respondió a esta duda y confirmó que la cédula digital sí será válida para votar en cualquiera de los 12.817 puestos de votación que serán desplegados en todo el país. Claro está, podrá votar con ella si previamente inscribió su documento.

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¿Se puede presentar la cédula digital para votar en las elecciones del 29 de octubre?

Tenga en cuenta que, aunque se puede presentar la cédula digital, la cédula amarilla de hologramas seguirá siendo válida para votar. Esto quiere decir que ambos documentos se podrán presentar.

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Y es que, al igual que en otras jornadas, uno de los requisitos indispensables para poder ejercer el derecho al voto es la presentación de la cédula de ciudadanía. Sin este documento, que los jurados de votación le pedirán antes de entregarle los tarjetones, no podrá votar.

En el caso de los extranjeros residentes en Colombia que quieran votar el próximo 29 de octubre deben cumplir con requisitos como tener visa de residente, acreditar al menos cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia, poseer cédula de extranjería de residente, estar inscritos en el censo electoral y no estar sujetos a inhabilidades constitucionales y legales.

Esta población extranjera solo puede votar para elegir alcaldes, concejales, ediles o miembros de juntas administradoras locales y, en el momento de acercarse al puesto de votación, deberán presentar la cédula de extranjería con categoría de residente en estado vigente.

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