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Corte negó la nulidad del proceso contra el exgobernador Richard Aguilar

El alto tribunal será el que juzgará, mientras la fiscalía delegada llevará a cabo la investigación.

  • Richard Aguilar fue gobernador de Santander entre los años 2012 y 2015. FOTO Colprensa.
    Richard Aguilar fue gobernador de Santander entre los años 2012 y 2015. FOTO Colprensa.
08 de noviembre de 2021
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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó este lunes la solicitud que presentó la defensa del exgobernador de Santander y exsenador Richard Aguilar para que se anulara el proceso que sigue en su contra.

El expediente tiene que ver con presuntas irregularidades que Aguilar cometió al direccionar, de manera errónea, recursos destinados al Plan de Alimentación Escolar (PAE) y obras civiles del departamento de Santander como la del Estadio Alfonso López, en la Villa Olímpica de Bucaramanga.

El argumento de su abogado, Iván Cancino, fue que no eran similares la indagatoria que el exgobernador rindió ante el alto tribunal, a la de imputación que normalmente hace la Fiscalía. Es decir, no se puede equiparar el procedimiento de la Corte bajo la Ley 600 de 2000 con el de Ley 906 de 2004, el nuevo sistema penal acusatorio que usa el ente acusador.

En su petición, hecha en audiencia preliminar el pasado 27 de octubre, la defensa incluso expresó que la investigación que lleva la Corte incumplió con el principio de legalidad y el derecho al debido proceso. No obstante, el alto tribunal consideró lo contrario este lunes, y por eso deja en firme el caso que sigue en su contra.

¿Por qué? La Corte encontró que ambos sistemas son respetuosos el uno del otro, por lo que subrayó que si en uno de ellos se surtió el respectivo trámite legal, en el otro no tiene por qué caerse lo adelantado.

Además, resaltó que al exgobernador se le dieron a conocer las supuestas actuaciones irregulares durante su administración en Santander (2012-2015), argumento que lo hace conocedor del proceso independiente de dónde se le siga.

A él se le señalan los delitos de concierto para delinquir, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.

Con la decisión, aunque el proceso haya pasado a la Fiscalía delegada ante la Corte Suprema para su investigación, las decisiones del alto tribunal no perderán validez y será este quien lo juzgará. Sin embargo, la defensa podrá apelar lo dictado.

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