La Corte Constitucional determinó que la Ley 123 de 2016, que busca implementar los tratamientos de infertilidad dentro del POS, debe regresar al Congreso para que continúe con su trámite como proyecto y luego sea sancionada por el Presidente de la República.
Así, la Corte Constitucional dejó sin piso la objeción del Gobierno Nacional al proyecto de ley, ya que con una votación de 6 a 2 declaró infundadas las objeciones y devolvió el proyecto al Congreso de la República.
El Ejecutivo argumentaba que esta ley, que entre otras ordenaba al Ministerio de Salud “reglamentar el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida conforme a los reglamentos técnicos para garantizar...