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Gobierno tendrá que asumir tratamientos contra la infertilidad

  • Gobierno deberá darle trámite a la ley de infertilidad. FOTO: Archivo EL COLOMBIANO
    Gobierno deberá darle trámite a la ley de infertilidad. FOTO: Archivo EL COLOMBIANO
10 de octubre de 2018
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La Corte Constitucional determinó que la Ley 123 de 2016, que busca implementar los tratamientos de infertilidad dentro del POS, debe regresar al Congreso para que continúe con su trámite como proyecto y luego sea sancionada por el Presidente de la República.

Así, la Corte Constitucional dejó sin piso la objeción del Gobierno Nacional al proyecto de ley, ya que con una votación de 6 a 2 declaró infundadas las objeciones y devolvió el proyecto al Congreso de la República.

El Ejecutivo argumentaba que esta ley, que entre otras ordenaba al Ministerio de Salud “reglamentar el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida conforme a los reglamentos técnicos para garantizar el derecho con recursos públicos”, violaba la ley estatutaria de salud y el principio de democracia participativa, vulneraba el principio de responsabilidad fiscal y violaba los principios de eficiencia y equidad.

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Entre los argumentos que más destacó el Gobierno en su objeción estaba el del presupuesto: “el Gobierno no encuentra justificación para destinar y priorizar cuantiosos recursos de la salud para financiar tratamientos de infertilidad sin el respaldo de criterios de orden técnico y científico, y en abierta oposición a la sostenibilidad”. De acuerdo con las cifras del impacto fiscal, financiar tratamientos de infertilidad (inseminación artificial intrauterina y fecundación invitro) para la población estrato 1 tendría un costo cercano a los $3 billones y financiar esos tratamientos para todas las parejas que se estima cuentan con dificultades en fertilidad podría costar más de $13 billones, lo que representa el 35,5 % del presupuesto anual del sistema de salud.

En la decisión de este miércoles, los magistrados de la Corte consideraron inconstitucionales las objeciones hechas por el anterior gobierno, pese a que estas habían sido respaldas por los actuales ministros de Salud y Hacienda, Juan Pablo Uribe y Alberto Carrasquilla.

La Procuraduría General de la Nación expresó en su concepto ante la Corte que “el principio de sostenibilidad fiscal es un criterio que posee un límite explícito constitucionalmente, el cual no puede invocarse para afectar, o bien menoscabar, restringir o negar el alcance o la protección de los derechos fundamentales.

Con este y otros argumentos, el Ministerio Público pidió a la Corte devolver al Congreso el expediente del proyecto de ley y declarar infundadas las objeciones del proyecto de ley. Y la Corte Constitucional así lo hizo en la noche de este miércoles.

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