Una decisión del Ministerio de Salud, fruto de un pleito judicial que perdió, generó un cambio para miles de droguistas detallistas en Colombia, que son los propietarios o administradores de una droguería o farmacia de barrio. La entidad expidió la Resolución 001999 del 28 de agosto de 2026, publicada en su Diario Oficial el pasado 31 de agosto, mediante la cual derogó la Resolución 820 de 2026 y reconoció la vigencia del Decreto 3554 de 2008.
En palabras más prácticas, lo anterior significa para ese sector que vuelve a aplicarse la regla de los 75 metros para las droguerías; es decir, que entre cada establecimiento debe haber esa distancia. Con ello, el Minsalud busca establecer nuevamente un marco claro frente a las reglas relacionadas con las distancias, asunto que durante los últimos meses había generado preocupación e incertidumbre entre los droguistas.
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La decisión se produjo después de una batalla jurídica adelantada por la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas (Asocoldro), organización que llevó ante los estrados las inquietudes del sector frente a las disposiciones que regulaban la apertura y el traslado de farmacias.
Según Asocoldro, acudieron a la justicia ante la falta de claridad sobre las reglas aplicables a las distancias entre droguerías. En ese proceso promovió una acción de cumplimiento, con el propósito de exigir la observancia de una decisión de la Corte Constitucional y posteriormente presentó una acción de nulidad contra la Resolución 820 de 2026, que fue la que modificó la norma original.
En el desarrollo de estas actuaciones también intervino el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual ordenó a la cartera de salud dar cumplimiento a la decisión correspondiente y llegó a confirmar una sanción por desacato contra quien fue el ministro del gobierno anterior, Guillermo Jaramillo.
¿Qué cambia para los droguistas?
Uno de los principales efectos está relacionado con los trámites que actualmente se encuentran en curso. Las actuaciones administrativas para la apertura o traslado de droguerías deberán atender nuevamente lo establecido en el Decreto 3554 de 2008. Esto significa que la regla de los 75 metros vuelve a ser parte de las condiciones que deben considerarse para este tipo de establecimientos.
Sin embargo, la nueva regulación también contempla una garantía para quienes actuaron durante el periodo en que estuvo vigente la Resolución 820 de 2026. Esto quiere decir que la nueva regulación no tiene efecto retroactivo, por lo cual los establecimientos que habían sido autorizados para funcionar no tienen que ajustarse a esta regla de distancia.
Para Asocoldro, el resultado representa un avance significativo en la defensa de los intereses de los droguistas detallistas y evidencia la importancia de que el acompañamiento gremial incluya tanto la información como la gestión institucional y jurídica. “Esta decisión representa mucho más que un cambio normativo. Significa recuperar claridad y seguridad para miles de droguistas que necesitan reglas claras para trabajar, invertir y prestar un servicio esencial en sus comunidades”, afirmó la directora ejecutiva de la Asociación, Lucía Monsalve.
Monsalve también destacó que la organización ha asumido un papel activo frente a las situaciones que pueden afectar los derechos y los intereses de los droguistas detallistas. “Desde Asocoldro hemos sostenido que nuestra labor no es solamente informar lo que ocurre en el sector, sino actuar cuando los derechos y los intereses de los droguistas detallistas pueden verse afectados”, señaló.
Una decisión de alcance nacional
El cambio regulatorio adquiere especial relevancia por el papel que desempeñan las droguerías detallistas en los barrios. Según lo señalado por Asocoldro, estos establecimientos constituyen uno de los principales puntos de acceso de la población a productos y servicios relacionados con la salud.
Esta regulación tiene la finalidad de evitar una alta concentración de droguerías en sitios que tienen más atractivo comercial y favorecer que las farmacias y droguerías lleguen a zonas donde actualmente hay menor oferta. Es decir: garantizar, mediante esa regla de espacio entre establecimientos, los propietarios y drogueristas consideren sitios alejados donde no hay oferta.
En ese contexto, contar con reglas claras sobre la apertura y el traslado de droguerías resulta fundamental para los establecimientos que desarrollan estas actividades y para los droguistas que deben tomar decisiones de inversión y operación bajo las disposiciones vigentes.
La expedición de la Resolución 001999 de 2026 marca así un nuevo punto dentro de la discusión normativa que rodeó las reglas sobre las distancias entre droguerías. Con la derogatoria de la Resolución 820 y el reconocimiento expreso de la vigencia del Decreto 3554 de 2008, el Ministerio de Salud establece el marco que deberá ser tenido en cuenta en las actuaciones administrativas que se adelanten para la apertura o traslado de estos establecimientos.
El escenario que marca el regreso de la regla de los 75 metros y la vigencia reconocida del Decreto 3554 de 2008 busca ofrecer al sector la claridad normativa que había sido motivo de preocupación durante la discusión generada alrededor de la Resolución 820 de 2026.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Cuál es la regla de los 75 metros para las droguerías en Colombia?
- La regla de los 75 metros establece una distancia mínima entre droguerías para los nuevos procesos de apertura o traslado. Su aplicación fue restablecida tras la derogatoria de la Resolución 820 de 2026 y el reconocimiento de la vigencia del Decreto 3554 de 2008.
- ¿Por qué volvió a aplicarse la regla de los 75 metros para las droguerías?
- La regla volvió a aplicarse porque el Ministerio de Salud derogó la Resolución 820 de 2026 mediante la Resolución 001999 del 28 de agosto de 2026 y reconoció nuevamente la vigencia del Decreto 3554 de 2008, después de actuaciones judiciales impulsadas por Asocoldro.
- ¿Qué deben hacer los droguistas que quieren abrir o trasladar una droguería?
- Los droguistas que adelanten actualmente trámites de apertura o traslado deben tener en cuenta nuevamente las condiciones del Decreto 3554 de 2008, incluida la regla de los 75 metros. Las autorizaciones obtenidas durante la vigencia de la Resolución 820 de 2026 mantienen sus efectos.
- ¿Cómo afecta a las droguerías la nueva Resolución 001999 de 2026?
- La Resolución 001999 de 2026 cambia las reglas aplicables a nuevos trámites de apertura y traslado, al restablecer el marco del Decreto 3554 de 2008. Las autorizaciones concedidas bajo la Resolución 820 de 2026 no deben ajustarse retroactivamente a la distancia de 75 metros.
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