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Tribunal de Bolívar suspende intervención de la Superintendencia contra Coosalud EPS

La corporación judicial ordenó que se restableciera la normalidad que tenía la aseguradora antes de las medidas que tomaron en su contra.

  • La EPS Coosalud fue intervenida en noviembre de 2024 por problemas en los indicadores de atención. FOTO COLPRENSA
    La EPS Coosalud fue intervenida en noviembre de 2024 por problemas en los indicadores de atención. FOTO COLPRENSA
hace 56 minutos
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El Tribunal Administrativo de Bolívar suspendió de manera provisional el pasado 14 de abril la medida de intervención forzosa para administrar contra Coosalud tomada por la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud). La decisión ordenó poner en pausa las resoluciones que ordenaron y prolongaron la medida por dos años.

Infográfico
Tribunal de Bolívar suspende intervención de la Superintendencia contra Coosalud EPS

La decisión fue tomada en medio del revuelo porque van a nombrar a los exalcaldes Daniel Quintero (Medellín) como superintendente de Salud y a Jorge Iván Ospina (Cali) como interventor de la Nueva EPS.

Lea también: Nueva EPS: Los cuatro líos que enredan a Luz María Múnera en presunta intervención ilegal

Las reacciones de la oposición no se hicieron esperar. El representante del Centro Democrático Andrés Forero, uno de los más críticos de las medidas que ha tomado el gobierno Petro con respecto al sistema de salud, se pronunció a través de su cuenta de X:

“Los incompetentes que nombraron en la Supersalud no han hecho más que meter las patas y quienes pagan las consecuencias son los pacientes y los contribuyentes”.

¿Cuáles fueron los argumentos para suspender la medida?

La decisión responde a una acción popular que fue presentada por la Red Integrada de Prestadores de Servicios de Salud S.A.S (Multiservicios OL) y los ciudadanos Jaime Miguel González Montaño y Natalia Largo González.

Estos aseguraron que “la reiterada rotación de agentes interventores y la prolongación de la medida han configurado un perjuicio irremediable que afecta la continuidad, oportunidad y calidad en la prestación del servicio público esencial de salud”.

En términos técnicos, el tribunal decretó la suspensión provisional de la resolución con la que la Supersalud dispuso la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a Coosalud EPS S.A.

Otra resolución es del 21 de noviembre, por la que prorrogó la medida de intervención por el término de un año.

“Ante la evidencia de que la prolongación de la medida administrativa no ha logrado los objetivos de saneamiento previstos, sino que ha profundizado el riesgo para la colectividad de afiliados, y el goce efectivo del derecho a la salud, resulta imperativo para el Juez Constitucional intervenir mediante el decreto de la medida cautelar solicitada”, dice el documento.

Esto “con el fin de evitar la consolidación de un perjuicio irremediable y restaurar la eficacia de los principios de la función administrativa”.

El tribunal encontró que, si bien la intervención de la EPS estuvo justificada con el propósito de estabilizar a la entidad en términos operativos y financieros, esto nunca se materializó.

Más quejas en Coosalud

El documento señala que después de la intervención de la EPS Coosalud se reportó un mayor número de quejas y acciones de tutela en contra de la entidad, y sus indicadores financieros registraron un deterioro significativo.

Uno de los indicadores que muestra el documento se refiere, concretamente, al incremento del 21% en el número de acciones de tutela por temas relacionados con la prestación del servicio de salud. Se pasó de 16.771 en la vigencia de 2024 a 20.216 al cierre de la vigencia de 2025.

El documento dice que “el plan de acción no ha mostrado resultados satisfactorios, al punto de no contener una mejoría en la gestión de la administración”.

A su vez, que “no se observa el cumplimiento de las acciones de mejora que dieron lugar a la intervención, lo que incluso hubiese justificado su continuidad”.

Órdenes a los entes de control

Además de suspender las resoluciones, el tribunal ordenó a la Procuraduría y la Contraloría realizar un acompañamiento, vigilancia administrativa, financiera y técnica de la EPS.

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Cabe aclarar que la medida cautelar no implica una decisión de fondo. Como se lee en el documento, “ni enmarca un estudio de legalidad frente a los actos administrativos objeto de controversia, sino que se realiza de cara a la necesidad de amparo cautelar del derecho colectivo sujeto de la presunta amenaza o afectación, con ocasión a la materialización de los actos suspendidos”.

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