x

Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

Tribunal ordena a Petro rectificar sus críticas al sistema electoral: no podrá hablar de fraude sin pruebas

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al presidente Gustavo Petro rectificar, en un plazo máximo de tres días, las afirmaciones que publicó en sus redes sociales sobre un supuesto fraude electoral en los comicios de 2014, 2022 y 2026.

  • Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
    Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
hace 6 horas
bookmark

El presidente Gustavo Petro cuestionó el sistema electoral sin pruebas ni evidencia y de manera incorrecta, concluyó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que le puso freno a sus señalamientos. Además de ordenar la rectificación, le exigió abstenerse de emitir acusaciones de fraude electoral sin sustento probatorio. Tampoco podrá hablar de fraude de cara a las elecciones presidenciales previstas para mayo y junio de 2026.

La corporación impuso medidas cautelares contra el mandatario, ordenándole rectificar públicamente sus afirmaciones sobre presuntos fraudes en procesos electorales. El fallo, del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, le concede un plazo de tres días para aclarar, a través de la cuenta en la red social X, sus declaraciones sobre supuestas irregularidades en las elecciones de 2014, 2022 y las legislativas de marzo de 2026.

Además, le prohíbe emitir nuevos cuestionamientos sobre la confiabilidad de la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral sin evidencia sólida.

Puede leer: “Es un tarjetón muy intuitivo”: registrador Penagos hace pedagogía para la primera vuelta

El magistrado concluyó que las declaraciones del presidente carecen de una fundamentación “sólida y razonable” y afectan el derecho colectivo a la confianza en la organización electoral. El fallo sostiene que el jefe de Estado difundió interpretaciones erradas de decisiones judiciales anteriores para sustentar señalamientos de fraude que no han sido acreditados ni técnica ni institucionalmente.

En ese contexto, el Tribunal le indicó que cualquier inquietud sobre el sistema electoral debe tramitarse a través de instancias oficiales como la Comisión de Coordinación y Seguimiento, y no mediante publicaciones en redes sociales.

La decisión también establece que el presidente deberá abstenerse de emitir nuevos señalamientos sobre presunto fraude de cara a las elecciones presidenciales previstas para mayo y junio de 2026, “salvo que cuente con evidencia empírica verificable”.

En la misma línea, la corporación le recordó su deber constitucional de “actuar en armonía con las demás instituciones del Estado, respetando la independencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Consejo Nacional Electoral”.

Amplíe la noticia: Polémica por críticas de Petro al sistema electoral: Factcheck de cinco cuestionamientos que no tendrían asidero

El Tribunal señaló que el sistema electoral colombiano ha mostrado niveles de confiabilidad y eficacia, y citó, entre otros elementos, los informes de la misión de observación de la Unión Europea sobre las elecciones del 8 de marzo de 2026, las cuales fueron calificadas como exitosas.

Finalmente, el fallo advierte que la difusión de afirmaciones sobre fraude electoral desde la jefatura del Estado, sin sustento probatorio, “puede afectar la confianza ciudadana, la estabilidad institucional y la legitimidad de los resultados electorales, en especial en el contexto de los próximos comicios presidenciales”.

Origen de la decisión

El proceso nace de una acción popular presentada por el abogado Ramiro Bejarano, quien pidió que el presidente rectifique o se abstenga de seguir difundiendo acusaciones de fraude electoral mientras no existan pruebas que respalden esas afirmaciones.

Bejarano planteó que el argumento de la libertad de expresión del presidente no puede interpretarse como una licencia ilimitada para intervenir en la contienda política.

“La libertad de expresión y de opinión no son derechos absolutos en ninguna parte del mundo. Tienen límites, y el primero es no afectar los derechos de los demás ciudadanos ni poner en riesgo el orden institucional”, sostuvo.

El experto advirtió que el problema no radica en que el presidente opine, sino en el impacto que tienen sus palabras en el clima electoral. “El presidente puede expresar lo que le parezca. Lo que no puede es hacer sindicaciones a través de las redes sociales y poner en duda la transparencia del proceso electoral sin pruebas. Eso es una actitud peligrosa”.

“¿Vamos a llegar tranquilos a las elecciones del 29 de mayo o vamos a enfrentar un ambiente de zozobra alimentado desde la propia Presidencia?”, se preguntó Bejarano.

Horas después de conocerse el fallo judicial, el presidente Petro respondió a través de su cuenta de X.

“Jamás un presidente de la república le debe enseñar a su sociedad a arrodillarse ante la convicción de sus derechos fundamentales. Ni censura ni negación de la libertad de expresión, sé a qué me expongo pero los derechos fundamentales y mi conciencia y mi objeción de conciencia ante la arbitrariedad se imponen”, afirmó.

Y advirtió que “el lunes el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que me ayudó a defender mis derechos en otros tiempos, tendrá mi respuesta”.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué le ordenó el Tribunal a Petro?
Rectificar sus declaraciones sobre fraude electoral y no repetirlas sin pruebas.
¿Puede volver a hablar de fraude?
Sí, pero solo si presenta evidencia verificable.
¿A qué elecciones aplica la decisión?
Incluye procesos de los comicios de 2014, 2022 y 2026

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto
Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida