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Pruebas rápidas funcionan, pero solo 11 días después de síntomas

El Minsalud había dejado claro que estaban en validación, para evitar problemas de calidad, como sucedió en otros países. Le contamos qué implica este resultado.

  • Las pruebas moleculares (conocidas como PCR) son las que se aplican actualmente en el país y las muestras se analizan en laboratorios, como el de la imagen. FOTO Esteban Vanegas
    Las pruebas moleculares (conocidas como PCR) son las que se aplican actualmente en el país y las muestras se analizan en laboratorios, como el de la imagen. FOTO Esteban Vanegas
Por Richard Aguirre Fernández | Publicado

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El primer análisis de validación y efectividad de las pruebas rápidas (aquellas que miden anticuerpos o defensas contra el coronavirus) lo realizó el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (Iets).

EL COLOMBIANO tiene el informe de validación que fue enviado a Presidencia hace cuatro días y que concluyó que en la población con 11 días de síntomas se logró demostrar “validez y concordancia diagnóstica” de la prueba rápida Basepoint, del laboratorio Abbot, tras un muestreo de 311 análisis.

Este documento deja claro que si la prueba rápida se usa en pacientes con un tiempo de síntomas menor a 11 días existe un riesgo en que el resultado sea un “falso negativo”, como se les conoce a las pruebas que son negativas, pese a que los pacientes sí están enfermos.

Hay que entender que en el país la prueba que se realiza es la molecular o de PCR, que se analiza en laboratorio para detectar el material genético del virus (no rápida) y la que se analizó en este caso es la serológica, que mide anticuerpos (defensas contra el virus) en el organismo y que, como lo dijo el viceministro de Salud, Luis Moscoso en entrevista con este diario, estaba en validación para su aplicación.

Implicaciones

Para Nathalia González Jaramillo, médica, máster en epidemiología y candidata a PhD de la U. de Berna (Suiza), es importante que el país tenga este estudio, pues permitirá ampliar el panorama para tomar las muestras.

Explica que “si se hace en asintomáticos o sintomáticos con menos de 11 días de enfermedad, y da negativo, no se puede estar seguro de ese resultado” porque muchos de estos resultan ser contrarios a la realidad.

Por ello, agrega González, es una alerta que se debe tener en cuenta a la hora de masificar estas pruebas, pues sería “muy grave” que se dieran “falsos negativos”, pues la gente quedaría tranquila con este resultado desacertado y seguiría con su vida cotidianamente, “pero tendría la infección y seguiría propagándola”.

Al respecto, José Millán Oñate, presidente de la Asociación Colombiana de Infectología, explica que estas pruebas rápidas “no sirven para confirmar el diagnóstico”, sino que son complementarias y pueden ser empleadas en vigilancia epidemiológica, es decir, “para saber en una población cuántas personas se expusieron al virus”.

¿Funcionan?

Carlos Agudelo, epidemiólogo e infectólogo de la Clínica Universitaria Bolivariana, explica que hay mucha discusión alrededor de su aplicación, dado que hay reportes de pruebas que “no tienen la suficiente calidad o variabilidad en la sensibilidad (capacidad para detectar verdaderos positivos)”, y pone de manifiesto que, al reducirse los controles sanitarios en los países, “se han proliferado pruebas de calidad incierta”.

Otra limitación que menciona Agudelo es que aún no “entendemos muy bien cómo el organismo produce los anticuerpos contra el virus” y eso, de alguna manera, afecta la interpretación de los resultados.

Y señala que las serológicas, que son las rápidas que miden anticuerpos (defensas contra el virus), no son positivas muy tempranas, pues el cuerpo requiere tiempo para generar estos mecanismos. Por eso, agrega, “el informe muestra que tomaron pruebas de ocho y 11 días para verificar la efectividad”.

Contexto de la Noticia

¿qué sigue? Alerta de la superindustria

La Superintendencia de Industria y Comercio prohibió la venta de “supuestas pruebas rápidas” a través de plataformas tecnológicas y redes sociales, cuatro en total, teniendo en cuenta la alerta sanitaria 73 de abril 15 de 2020 del Invima, la cual dejaba claro que estas solo pueden ser aplicadas por profesionales de la salud. “No son productos de venta libre”, dijo la SIC. Si incumplen, podrán ser sancionados con multas de hasta mil salarios mínimos legales vigentes, equivalentes a $877.803.000.

Si quiere más información:

Richard Aguirre Fernández

Periodista de la Universidad del Quindío. De Calarcá.

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