El que en sitios públicos o privados tales como estadios, establecimientos educativos y lugares en los que se expendan bebidas alcohólicas, entre otros, utilice armas blancas o cualquier otro instrumento con características similares, incurrirá en prisión mínimo cuatro años y máximo de seis.
Así lo propone un proyecto de ley que cursa en la Comisión Primera el cual califica como arma blanca todo instrumento, máquina, o medio que sirva para atacar o defenderse, que tenga una hoja cortante cuya utilización pueda herir por el filo o la punta.
También determina que la pena mínima será aumentada en una sexta parte y la máxima hasta la mitad si el infractor reincide en el delito de porte de armas, si tiene antecedentes penales y si opone resistencia en forma violenta a la autoridad.
La iniciativa, también establece que quienes necesiten utilizar este tipo de herramientas en la calle -como los vendedores de frutas- deberán tramitar un salvoconducto con la Policía.