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Colpensiones aplicó mal fallo de la Corte

11 de abril de 2014
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El Consejo de Estado suspendió los efectos de la circular 34 de 2013 que define criterios jurídicos de reconocimiento pensional, que había expedido Colpensiones para aplicar el fallo de la Corte Constitucional que tumbó las pensiones millonarias de congresistas.

La Corporación suspendió provisionalmente la circular como medida cautelar porque supuestamente extendió los efectos del fallo de la Corte Constitucional, que dejó un tope de 25 salarios mínimos para las pensiones y declaró inexequibles los regímenes especiales de congresistas y otros altos funcionarios.

Según el magistrado Luis Rafael Vergara Quintero, la Corte Constitucional en la sentencia C-258 de 2013 indicó que su decisión no se podía trasladar de forma automática a otros regímenes especiales, pues cada uno cuenta con una filosofía, naturaleza y características específicas que los hacen distintos entre sí y ameritan un análisis individual.

En este caso, no obstante, Colpensiones aplicó los efectos del fallo de la Corte Constitucional a los regímenes establecidos en la Ley 546 de 1971, es decir, para los empleados de la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público, atribuyéndose funciones de una corporación judicial.

"Se observa que el Vicepresidente Jurídico de Colpensiones, en la Circular acusada, reprodujo el contenido de la decisión de una instancia judicial, la impuso como criterio orientador para sus subalternos y se apartó de manera expresa del precedente vinculante del Consejo de Estado".

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