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Espacios para disfrutar con moderación

Los salones sociales permiten a propietarios y residentes compartir un espacio y realizar reuniones sociales o familiares. Las normas para su utilización deben ser claras para evitar conflictos al interior de la copropiedad.

  • Espacios para disfrutar con moderación | Al hacer uso de los salones sociales, se deben respetarlas normas establecidas en el manual de convivencia o reglamento de copropiedad.
    Espacios para disfrutar con moderación | Al hacer uso de los salones sociales, se deben respetarlas normas establecidas en el manual de convivencia o reglamento de copropiedad.
02 de diciembre de 2011
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Dentro de las áreas comunes de las copropiedades, las zonas o salones sociales se han convertido en un plus que ofrecen los proyectos. Éstas, además de brindar a los copropietarios la posibilidad de encontrarse en un espacio para su disfrute, les permiten poder realizar sus reuniones familiares y sociales.

El área dedicada a estas zonas es variable de acuerdo con el diseño del proyecto y depende, además, del tipo de vivienda, es decir, si son casas o apartamentos y de la cantidad de unidades de vivienda que se atenderá. En algunos casos, cuando son muchos apartamentos el salón es más grande pero se divide en dos para suplir las necesidades de propietarios y residentes.

En la actualidad, se busca que estos espacios tengan contacto con zonas verdes para un mayor disfrute.

Sobre el tema el arquitecto y diseñador de interiores Santiago Gil Múnera explica: "lo que normalmente se busca es que la zona social esté integrada con otros dos servicios muy importantes para la unidad: la piscina y la zona de juegos. Eso le da un poco más de amplitud y espacio a la hora de realizar las actividades propias de un salón social que normalmente son fiestas que se realizan en horas del día".

El arquitecto afirma además que en los proyectos de estrato alto se brinda mayor área a las zonas sociales de acuerdo con un fenómeno que se viene presentando, en el cual se realizan fiestas temáticas que requieren mayor espacio para diversos elementos.

Así mismo, en alguna fiestas se realizan proyecciones y por tanto, se requieren espacios apropiados para tal actividad lo que a la vez ayuda como complemento para que se puedan realizar dos actividades en el salón social.

Elementos infaltables
Según explica Gil Múnera, tres elementos son infaltables en los salones sociales. En primer lugar, se encuentran los baños para hombres y para mujeres. Luego, está la cocineta y finalmente, es indispensable una bodega para guardar mobiliario. Así mismo, se ha vuelto muy común la presencia de BBQ en estos espacios.

Por su parte, Miguel Ángel Botero, gerente de proyectos de Umbral Propiedad Raíz, asevera que los salones sociales deben ser lugares cómodos, amplios, atractivos porque permiten a copropietarios y residentes salir de su hogar y compartir un espacio, una recreación, distraerse.

Además, aclara que se busca que estos salones respondan a las necesidades de la copropiedad y por esa razón algunos traen sala de televisión, zonas de juegos para niños especializadas, otros tendrán espacios de gimnasio. Eso depende del tipo de proyecto, puede haber unos más específicos y otros más sencillos.

Reglas de uso
Pensando en el bienestar de la copropiedad, los salones sociales funcionan bajo unas reglas que buscan ese propósito. Pedro Iván Cárdenas, gerente general de Conpropiedad S.A. explica que estos espacios son para el uso exclusivo de residentes y propietarios y están destinados para reuniones familiares.

Así mismo, explica que cuando se requiera el uso del salón social es necesario solicitarlo con anterioridad a la administración de la copropiedad y enfatiza en que éste debe usarse con moderación y en un horario que no exceda las doce de la noche. Además aclara que cada propietario es responsable de su uso y debe asumir los daños en caso de que se presenten.

Por su parte, Diego Mauricio Sierra, coordinador del Área Jurídica de Asurbe, explica que las normas sobre la utilización, horarios, procedimientos de reserva, entre otros, deben estar plasmadas bien sea en el manual de convivencia o el reglamento de la copropiedad y deben estar de acuerdo con las normas emanadas por la autoridad municipal.

Así mismo, agrega que de acuerdo con el decreto 1060 de 2008 , los salones sociales y las zonas comunes pueden ser objeto de explotación económica, siempre y cuando los recursos se reinviertan en la copropiedad.

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