El Tribunal de Cundinamarca ordenó la libertad del ex senador antioqueño Rubén Darío Quintero, al considerar que se vencieron los términos porque no se inició la audiencia de juicio, dentro de los plazos establecidos por la ley.
La decisión se produjo tras revocar el fallo del Juzgado Segundo Especializado, en el que se negaba la libertad del ex senador, cuya defensa alegó vencimiento de término.
Según el abogado defensor, Andrés Garzón, el Tribunal "revocó la decisión del juzgado segundo al considerar que han pasado más de 365 días sin que se culmine la audiencia de juzgamiento".
Según Garzón él le solicitó a la juez que terminara la audiencia de alegatos de conclusión, en donde debía intervenir cada una de las partes, y luego profiriera el fallo, para ahí sí enviarle el caso a la Corte, pero que ella hizo caso omiso a su solicitud considerando que el proceso debía pasarse de inmediato porque carecía de competencia.
"Incluimos 30 testigos y asistieron absolutamente todos a declarar en el día y en la hora que los citó el juez. La juez estaba interpretando de manera errada, como se deduce en la providencia, una serie de artículos para negar la libertad", precisó Garzón.
Quintero fue vinculado al proceso de la parapolítica y la Corte Suprema de Justicia ordenó su detención el 27 de marzo de 2008.
Al ex senador antioqueño se le investiga por el supuesto apoyo que ofrecieron paramiltares al mando de Freddy Rendón, alias "El Alemán", al proyecto político Por una Urabá Grande y Unida, con el que Quintero hizo alianza en las elecciones de 2002 para el Congreso de la República.
Quintero había renunciado a su fuero como senador y su caso fue trasladado al Juzgado Segundo Especializado en Bogotá, donde se inició la audiencia de juzgamiento, que luego fue suspendida, cuando la Corte Suprema de Justicia ordenó devolver a ese tribunal todos los casos de congresistas investigados por parapolítica.
Este viernes deberá salir la orden de Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, que autoriza su salida de la cárcel, siempre y cuando no tenga otros requerimientos judiciales.