La Corte Constitucional tumbó este martes la facultad del Ministerio de Minas y Energía de fijar el precio de referencia de los combustibles.
Al analizar una demanda contra del artículo 101 de la Ley 1450 de 2011, la Corte estimó que no es posible que el Ministerio fije el precio ya que no se trata de un tributo.
En el examen de la Corte, se evidenció que se trata de una contribución parafiscal por lo que debe ser fijado por el Congreso de la República.
La demanda había sido interpuesta por el abogado Camilo Araque, quien consideraba que la fijación unilateral del precio del combustible desconocía la Constitución.
En ese sentido, en el transcurso del análisis de la demanda en la Corte, el procurador General Alejandro Ordóñez, había pedido a la Corte que exhortara al Congreso para que fijara una ley sobre los precios de los combustibles en el país.
El abogado Araque fue el único que confirmó la noche del martes esta información.
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