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Procuraduría suspendió por 12 meses a Samuel Moreno

  • Procuraduría suspendió por 12 meses a Samuel Moreno | Archivo | Samuel Moreno también deberá pagar una multa económica. El pasado 23 de septiembre, el juez cobijó al suspendido alcalde con medida de aseguramiento.
    Procuraduría suspendió por 12 meses a Samuel Moreno | Archivo | Samuel Moreno también deberá pagar una multa económica. El pasado 23 de septiembre, el juez cobijó al suspendido alcalde con medida de aseguramiento.
24 de octubre de 2011
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El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, suspendió por un año al alcalde de la capital, Samuel Moreno Rojas, por omisión en la vigilancia de varias obras de la maya vial de Bogotá.

Y es que para el jefe del Ministerio Público Moreno no adelantó ninguna acción tendiente a evitar, controlar o minimizar las múltiples irregularidades que se presentaron en algunos contratos de infraestructura.

Esta medida se toma luego de que la viceprocuradora, Martha Isabel Castañeda, determinara que el Jefe del Ministerio Público no estaba inhabilitado para fallar en este caso.

En una carta escrita por el mismo alcalde, se argumentaba que Ordóñez había emitido juicios anticipados sobre el proceso y que por lo tanto no se le había dado la oportunidad de realizar una legítima defensa.

En criterio de la viceprocuradora el estudio de la recusación permitía establecer que Ordóñez nunca emitió juicios a priori sobre el caso y por lo tanto no estaba inhabilitado para pronunciarse sobre el mismo.

La sanción
Una cosa que debe quedar clara es precisamente que la sanción, no empezará a regir  desde este lunes 24 de octubre, sino que lo será desde mayo, momento en el cual el alcalde fue suspendido de forma preventiva, mientras se investigaba el caso.

De esta forma, Samuel Moreno no solo estará fuera de su cargo hasta terminar su período (31 de diciembre), sino que estará inhabilitado para ejercer cargos públicos hasta mayo de 2012.

El fallo también dice que el alcalde deberá pagar una multa 66’888.623 de pesos cifra que corresponde a los salarios por él devengados, durante su período de suspensión.

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