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“Normalizaron prácticas corruptas”: las pruebas que tuvo en cuenta el Tribunal para enviar a prisión a exministros Bonilla y Velasco

El Tribunal Superior de Bogotá cobijó con medida de aseguramiento en centro carcelario a los exministros del Gobierno Petro por el escándalo de la UNGRD.

  • Exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco, implicados en corrupción. Foto: Colprensa y captura de video
    Exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco, implicados en corrupción. Foto: Colprensa y captura de video
18 de diciembre de 2025
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Antes de que estallara el escándalo por corrupción en la UNGRD, Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco estaban en la cima del poder político en el país. Eran los jefes de dos de las carteras más importantes del Gobierno: Hacienda y el Interior. No tenían que pedir cita para entrar a la oficina del presidente Petro; tenían poder, influencia y la bendición del jefe de Estado.

Sin embargo, cuando se destapó el saqueo, sobre los exfuncionarios empezó a posarse una sombra negra. Varios testigos los señalaron como las cabezas del entramado ilegal que, mediante sobornos a congresistas, buscaba salvar las reformas de Petro, al que no le pedían cita para entrar a su oficina.

Pese a los señalamientos, ambos continuaron al frente de sus ministerios hasta que la presión mediática y judicial los obligó a dar un paso al costado. Meses después, ya fuera del poder, fueron llamados a responder ante la justicia. Y en una decisión del Tribunal Superior de Bogotá fueron enviados a prisión.

A los exfuncionarios, la Fiscalía les imputó los delitos de concierto para delinquir, cohecho por dar u ofrecer e interés indebido en la celebración de contratos. Bonilla y Velasco se declararon inocentes.

La inmunidad que los arropaba desde hacía más de un año no fue más y ahora sus rostros se suman al cuadro de funcionarios del Gobierno de Gustavo Petro presos por saquear los recursos públicos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo y del Invías.

La magistrada Aura Rosero Baquero, ordenó sus capturas inmediatas. “Dígame a dónde tengo que llegar, nadie tiene que venir hasta mi casa”, dijo reactivo el exministro Velasco, quien no ocultó su sorpresa ante la decisión. Y no era para menos. El Tribunal debía pronunciarse sobre la solicitud de la Fiscalía de enviarlos a casa por cárcel y, para los exfuncionarios, el peor de los escenarios era terminar presos en sus propias casas. Sin embargo, no fue así.

El despacho rechazó el beneficio de la detención domiciliaria al considerar que los hechos por los que son investigados son muy graves y que estos, al permanecer en sus residencias, podrían fácilmente interferir en el caso. De hecho, el Tribunal advirtió que la Fiscalía General incurrió en un erro al solicitar la detención domiciliaria como medida principal contra los exministros, al precisar que esta figura solo puede operar como una medida sustitutiva y no como la opción inicial dentro del esquema de aseguramiento.

Se impone la necesidad de una medida de aseguramiento de mayor intensidad acorde con la gravedad concreta del caso y con el riesgo institucional aún latente. Adicionalmente, la Sala advierte que no resulta jurídicamente viable la sustitución de la medida de aseguramiento intramural por detención en lugar de residencia, como lo pretende en este caso la Fiscalía”, leyó la magistrada.

En su intervención, la magistrada explicó que el análisis del despacho trascendió la situación personal de los procesados y se concentró en el impacto institucional que tendrían las conductas investigadas. “Se trata del impacto institucional que genera la normalización de prácticas corruptas, especialmente cuando estas se producen desde posiciones de alta jerarquía y con capacidad de influencia estructural”, señaló.

Agregó que la afectación que se evalúa “no es individual ni circunstancial, sino sistemática en la medida en que compromete la credibilidad del Estado y la vigencia efectiva del orden”.

El Tribunal también sustentó su decisión en el estado actual de la investigación, que, según precisó la magistrada, se encuentra en una fase activa y susceptible de ampliaciones. “La medida también es urgente, habida cuenta que la investigación se encuentra en pleno desarrollo, y conforme a lo enunciado por la Fiscalía y a lo que se desprende del material recaudado, es probable que se adelanten nuevas actuaciones investigativas respecto a otras personas o que se profundicen las actuales en curso”, indicó durante la audiencia.

A partir de ese escenario, la magistrada concluyó que era necesario adoptar una medida de mayor intensidad. “Este contexto dinámico impone la necesidad de una medida de aseguramiento acorde con la gravedad concreta del caso y con el riesgo institucional aún latente”, sostuvo, al explicar por qué el Tribunal optó por la reclusión en establecimiento carcelario.

Adicionalmente, la magistrada se refirió a la imposibilidad jurídica de acoger la solicitud de la Fiscalía para imponer detención domiciliaria. En particular, recordó que el artículo 314 y su parágrafo establecen restricciones claras para este tipo de sustituciones, las cuales resultan aplicables en el caso analizado.

El Tribunal precisó que la decisión adoptada no constituye un pronunciamiento anticipado sobre la responsabilidad penal de los exministros, sino una medida preventiva orientada a garantizar el normal desarrollo del proceso, evitar interferencias indebidas y proteger la integridad de la investigación mientras continúan las actuaciones judiciales.

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Una vez se conoció la decisión judicial y pese al repertorio probatorio, el presidente Gustavo Petro salió en defensa de Ricardo Bonilla. De acuerdo con el mandatario, su exministro habría sido engañado. “Lo conozco de años y se que es inocente en mi conciencia. No interfiero en la justicia y ella determinará. Se apoyó en el uribismo en el ministerio y esa fue su ingenuidad. Ha sido extorsionado y es víctima”, escribió.

Argumentos del Tribunal

En su intervención, la magistrada señaló que el material probatorio presentado por el ente acusador revela la posible existencia de una empresa delictiva con vocación de continuidad, la cual se habría desplegado durante un periodo prolongado, comprendido entre mayo de 2023 y febrero de 2024, es decir, desde la posesión de los exministros hasta su salida del cargo. Según explicó, este lapso y la forma en que se habrían ejecutado las conductas son elementos relevantes para evaluar la gravedad de los hechos atribuidos.

La funcionaria judicial destacó que, de acuerdo con el análisis preliminar, se evidencian roles definidos, objetivos claros y una reiteración de conductas, aspectos que, a juicio del Tribunal, satisfacen las exigencias objetivas y subjetivas del delito de concierto para delinquir. En ese sentido, precisó que los hechos investigados no pueden ampararse bajo el principio de colaboración armónica entre instituciones ni presentarse como parte de una actividad política legítima.

Durante la diligencia, la magistrada también se refirió a los argumentos expuestos por la defensa, orientados a controvertir la imputación por concierto para delinquir. Sin embargo, indicó que, en esta etapa procesal, dichas objeciones “no logran desvirtuar la inferencia razonable construida por la Fiscalía”, la cual, según afirmó, se encuentra sustentada en un conjunto de elementos materiales probatorios que resultan “sólidos, coherentes y convergentes”.

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El Tribunal enfatizó que la valoración realizada corresponde a un análisis propio de la fase de definición de medida de aseguramiento y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad penal de los exfuncionarios.

En relación con Ricardo Bonilla, en la audiencia se expuso que, en su condición de ministro de Hacienda, estaba al frente de la cartera responsable de la administración y manejo de los recursos públicos, lo que le otorgaba una posición estratégica desde la cual, según la investigación, podía incidir en la asignación, destinación y ejecución de esos dineros.

Durante la imputación de cargos, la fiscal María Cecilia Patiño explicó que el economista habría delegado en una de sus funcionarias de confianza, María Alejandra Benavides Soto, la misión de gestionar recursos y orientar convenios hacía proyectos respaldados por legisladores, entre ellos el senador Julio Elías Chagüi Flórez. Las actuaciones atribuidas a Bonilla encajan en un patrón que, según la Fiscalía, operó entre mayo de 2023 y febrero de 2024.

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En ese periodo, desde el Ministerio de Hacienda y el Invías se habría dado trámite preferencial a 74 proyectos por más de 561.000 millones de pesos, además de otros cinco en la UNGRD por más de 40.000 millones, para un total que supera los 612.000 millones de pesos dirigidos estratégicamente a parlamentarios de varias comisiones.

En cuanto a Luis Fernando Velasco, se señaló que, como ministro del Interior, mantenía contacto permanente con miembros del Congreso, lo que le permitía ejercer un papel de articulación política. De acuerdo con lo manifestado por la magistrada, las actuaciones investigadas no responderían a hechos fortuitos, sino a un esquema en el que ambos exministros habrían utilizado las competencias propias de sus cargos para facilitar el direccionamiento de recursos públicos, cada uno desde el ámbito de influencia que le correspondía.

En la investigación se destaca que Velasco tenía la misión de alcanzar mayorías para las reformas del Gobierno, aun si eso implicaba cruzar la línea de la legalidad. Según el ente acusador, todo comenzó con una instrucción directa que Velasco le habría dado a Olmedo de Jesús López Martínez, entonces director de la UNGRD. La orden, según los testimonios, era asistir al debate de la reforma pensional en la Comisión Séptima del Senado el 13 de junio de 2023 y ofrecer contratos a congresistas para ampliar las mayorías.

A pesar de los planteamientos expuestos por las defensas de los exministros, la magistrada sostuvo que los testimonios entregados por Olmedo López y Sneyder Pinilla presentan consistencia y concordancia en lo relacionado con el presunto grado de participación y conocimiento que habrían tenido Bonilla y Velasco en los hechos que son objeto de investigación.

En su análisis, la funcionaria judicial señaló que las declaraciones no pueden ser entendidas como versiones aisladas ni inconexas. “No fueron relatos aislados”, precisó, al destacar que ambos testimonios “guardan coherencia” en cuanto a las supuestas instrucciones que, según los declarantes, habrían emanado de Bonilla y Velasco para el direccionamiento de contratos de alto valor económico.

Por ahora, los exfuncionarios deberán asumir sus defensax privados de la libertad, como actualmente lo hacen otros implicados en esta tramoya de corrupción encubada y concebida al interior del propio gobierno.

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