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Corte Constitucional ordena tomar medidas urgentes para frenar brotes de tuberculosis en cárceles y estaciones de Medellín

La Corte, apoyada en evidencia de veedurías y Defensoría, concluyó que existe riesgo de epidemia regional en Antioquia y Santander.

  • La Corte reiteró que Medellín tiene varios de los centros transitorios con mayor hacinamiento en Colombia. FOTO: COLPRENSA
    La Corte reiteró que Medellín tiene varios de los centros transitorios con mayor hacinamiento en Colombia. FOTO: COLPRENSA
hace 5 horas
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Las conclusiones que hizo la Corte Constitucional tras revisar los avances del cumplimiento de la Sentencia T-388 de 2013 que declaró el estado de cosas inconstitucional en el sistema penitenciario y carcelario colombiano son alarmantes.

La ponencia del magistrado Jorge Ibañez, centrada en la situación de Antioquia y Santander, arroja un panorama crítico que sigue burlando los mínimos parámetros de dignidad humana en centros carcelarios y de detención transitoria. Según el documento, la Defensoría del Pueblo, en articulación con la Procuraduría General de la Nación, allegó a la Corte un informe en el que se consignan los graves hallazgos en materia de salubridad, por lo cual existe un riesgo actual y severo de propagación de enfermedades infectocontagiosas, como la tuberculosis.

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Entre los hallazgos más relevantes, según señaló la Corte, se constató la ausencia de agua potable en varios centros, el deterioro y la falta de mantenimiento de las instalaciones sanitarias, y la acumulación de residuos sin protocolos adecuados de limpieza. Asimismo, dicho informe advirtió la falta de atención médica permanente y la carencia de medicamentos esenciales, lo que impide atender oportunamente enfermedades comunes y contagiosas. “Estas condiciones, sumadas al hacinamiento generalizado, configuran un ambiente propicio para la propagación de enfermedades respiratorias, gastrointestinales y de la piel, afectando no solo a las personas privadas de la libertad, sino también a funcionarios de custodia, personal administrativo, visitantes y a la comunidad circundante”, reza el documento.

Respecto a los casos de tuberculosis, la Secretaría de Salud de Medellín confirmó que diez internas del patio femenino de la cárcel El Pedregal han sido diagnosticadas positivas para tuberculosis mediante prueba PCR, encontrándose en riesgo un conjunto aproximado de ciento ochenta (180) reclusas que cohabitan en dicho espacio. Según el reporte oficial, las internas contagiadas han sido aisladas y se les suministra tratamiento gratuito, bajo estricto control y supervisión del personal de enfermería, con una duración aproximada de seis meses, con el propósito de evitar la propagación de la enfermedad y prevenir la aparición de cepas resistentes.

Sin embargo, decenas de denuncias realizadas por las mujeres privadas de la libertad señalan que el número de contagios podría ser superior al reconocido oficialmente, lo que genera una alerta mayor frente a la capacidad institucional de respuesta. Dichas reclusas afirman que los casos superan la cifra de diez, y que persisten deficiencias en las condiciones sanitarias, el acceso a insumos de bioseguridad y la atención oportuna de los síntomas.

Pero la amenaza es todavía mayor si se tiene en cuenta la denuncia que realizó en septiembre pasado la Veeduría Ciudadana al Sistema Penitenciario y Carcelario Nacional, que señaló que en medio de esos brotes se han realizado traslados de personas privadas de la libertad desde estaciones de policía hacia establecimientos penitenciarios del Inpec sin aplicar protocolos de aislamiento, diagnóstico ni tratamiento médico especializado, lo que genera escenarios de contagio tanto para la población privada de la libertad como para el personal de custodia, funcionarios administrativos y visitantes.

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La Veeduría advirtió que esta situación podría desencadenar contagios masivos e incluso transformarse en una epidemia regional con riesgo de epidemia, dada la alta transmisibilidad de la enfermedad. Por eso solicitó con urgencia la intervención urgente de las Secretarías de Salud de Medellín, Itagüí, Bello y demás municipios de Antioquia, del Inpec, de la Uspec, y de las autoridades judiciales competentes, con el fin de adoptar medidas inmediatas de diagnóstico, aislamiento y tratamiento.

La Corte concluyó que es inadmisible que, pese a la evidencia epidemiológica, las autoridades encargadas de los centros de detención transitoria y de los establecimientos de reclusión del orden nacional, continúen realizando traslados de personas sin garantizar las medidas sanitarias mínimas que cualquier ser humano merece. “La práctica de mover internos sin tamizajes, diagnósticos básicos o protocolos de aislamiento no solo desconoce la dignidad intrínseca de quienes se encuentran bajo custodia del Estado, sino que también constituye un riesgo grave para el personal de custodia, los funcionarios administrativos, las familias visitantes y la comunidad en general”.

Por eso advirtió que corresponde a alcaldías como la de Medellín -por intermedio de sus Secretarías de salud- como a los municipios de Bello, Copacabana, Girardota, Itagüí, Envigado, Sabaneta, La Estrella, Caldas, que integran el área metropolitana respectiva, adoptar de manera inmediata y efectiva las medidas necesarias para salvaguardar la salud de las personas privadas de la libertad recluidas en los centros de detención transitoria bajo su jurisdicción. Estas medidas deberán elaborarse y aplicarse de conformidad con los lineamientos técnicos y operativos del Programa Nacional de Tuberculosis establecidos en la Resolución 227 de 27 de febrero de 2020.

La Corte también rechazó nuevamente el hacinamiento que persiste en centros de detención del departamento. Por mencionar algunos casos, señaló que en Medellín, el centro de detención transitoria “Sijin” mantiene recluidas 142 personas en un espacio previsto para 20, con un hacinamiento del 610%, y el centro de detención transitoria “Área MEVAL” registra 240 personas para 18 cupos, alcanzando un índice del 1.233%, uno de los más altos reportados en el país.

La ponencia concluyó que en Antioquia existen 17 Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON) con una capacidad para 8.191 personas y existen 12.700 recluidas. Esto implica un hacinamiento del 55%.

Pregunta frecuente sobre el tema:

¿Qué es la Sentencia T-388 de 2013 y por qué es relevante?
Es la sentencia de la Corte Constitucional que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en el sistema carcelario colombiano. La Corte revisa constantemente su cumplimiento, y esta nueva orden demuestra que las condiciones persisten.
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