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Superfinanciera ordena alivios para deudores afectados por el terremoto: así funcionarán

La medida ordena a bancos y aseguradoras activar mecanismos especiales para los afectados, como la suspensión temporal de reportes negativos, facilidades para retirar cesantías y garantías para mantener los servicios financieros. Los detalles.

  • La medida contempla refinanciar créditos sin cobrar intereses durante el proceso, congelar reportes en centrales de riesgo y acelerar los pagos de seguros y cesantías. Foto: AFP
    La medida contempla refinanciar créditos sin cobrar intereses durante el proceso, congelar reportes en centrales de riesgo y acelerar los pagos de seguros y cesantías. Foto: AFP
hace 6 horas
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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó a bancos, aseguradoras, fondos de pensiones, fiduciarias y comisionistas adoptar medidas para atender a los damnificados por el terremoto. Entre las principales decisiones están la refinanciación de créditos sin cobrar intereses corrientes ni de mora durante el trámite, la protección temporal frente a reportes negativos en centrales de información y la agilización de reclamaciones de seguros y retiros de cesantías.

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Las medidas están contenidas en la Circular Externa 007 del 26 de agosto de 2026, expedida por la Superfinanciera como respuesta a la situación de desastre declarada por el Gobierno.

Bancos deberán refinanciar créditos de los afectados

Uno de los principales alivios establece que todos los establecimientos de crédito del país deberán adoptar programas de refinanciación para las obligaciones de los deudores afectados por el desastre.

La medida cobija las obligaciones contraídas antes del 10 de agosto de 2026 y los pagos cuyos vencimientos ocurran desde esa fecha. El nuevo plazo de la deuda no podrá superar el doble del plazo pendiente original ni exceder los 20 años.

Además, las nuevas condiciones no podrán ser más costosas que las pactadas originalmente. Los deudores deberán presentar la solicitud durante la vigencia de la situación de desastre declarada mediante el Decreto 1171.

Entre los alivios centrales está que no se cobrarán intereses corrientes ni de mora durante el periodo comprendido entre la declaratoria del desastre, el 11 de agosto, y la fecha en que se perfeccione la renegociación. Ese trámite no podrá superar los 90 días calendario.

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La refinanciación tampoco implica una renovación formal de la obligación. No será necesario realizar trámites para renovar las garantías hipotecarias o prendarias existentes y tampoco cambiará la responsabilidad contractual de codeudores, deudores solidarios o fiadores.

En los créditos de amortización gradual que requieran modificar las cuotas periódicas, las entidades podrán suscribir adiciones en los mismos documentos originales, aunque también podrán otorgar nuevos documentos si así lo prefieren.

Los bancos podrán ofrecer periodos de gracia y nuevos créditos

Además de las medidas obligatorias, las entidades financieras podrán ofrecer alivios adicionales, siempre que sean aceptados expresamente por el cliente y no resulten más gravosos.

Entre las alternativas están los periodos de gracia complementarios, definidos de acuerdo con la gravedad del desastre y las condiciones de cada deudor. Una vez termine el periodo de gracia, volverán a operar las condiciones contractuales, legales y reglamentarias correspondientes.

Los bancos también podrán ofrecer nuevos créditos con tasas de interés especiales, esquemas particulares de amortización, plazos adicionales y condonación o suspensión de intereses moratorios o remuneratorios.

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Otra posibilidad son los alivios extraordinarios, que incluyen la condonación o suspensión de intereses y la suspensión de cobros prejurídicos.

La Superfinanciera precisó que estas medidas deberán responder a un análisis individual de la situación de cada deudor, su nivel de afectación y su capacidad potencial de pago. Por eso, los programas no constituyen una normalización generalizada de la cartera.

Las entidades también podrán estructurar programas específicos para facilitar el acceso al crédito de personas naturales y jurídicas afectadas.

Deudores afectados tendrán protección frente a reportes negativos

La circular también establece medidas para evitar que el desastre deteriore de inmediato el perfil financiero de los damnificados.

Las obligaciones que sean objeto de los programas de refinanciación conservarán la calificación de riesgo que tenían cuando se declaró la situación de desastre.

Además, los reportes enviados a las centrales de información crediticia no podrán incluir información negativa durante hasta 12 meses posteriores a la fecha en que se perfeccione la refinanciación, de acuerdo con el perfil de cada deudor.

Una vez finalice ese periodo de protección, las entidades deberán volver a calificar las obligaciones según su nivel real de riesgo y el cumplimiento de la refinanciación, pero sin aplicar penalizaciones de manera retroactiva.

Estos créditos tampoco serán clasificados como modificados o reestructurados dentro del Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR), con el propósito de evitar impactos prudenciales desfavorables para las entidades.

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La SFC también suspendió las actualizaciones presenciales de avalúos de garantías ubicadas en las zonas declaradas en desastre. Mientras no sea posible realizar la valoración física, las garantías conservarán su condición de admisibilidad y se mantendrá el último avalúo disponible.

Bancos podrán usar información alternativa para evaluar a los deudores

Las entidades de crédito también quedaron habilitadas para implementar mecanismos alternativos de captura de información financiera.

El objetivo es que puedan estimar la capacidad potencial de pago de los afectados teniendo en cuenta, entre otros factores, la posible reactivación futura de su actividad económica y las fuentes proyectadas de ingresos.

Los análisis y los documentos que los sustenten deberán quedar registrados y disponibles para la Superfinanciera.

Aseguradoras deberán agilizar indemnizaciones por el terremoto

Las medidas también alcanzan a las compañías de seguros de vida y generales. La Superfinanciera ordenó realizar los mejores esfuerzos, junto con los bancos, para habilitar mecanismos conjuntos que faciliten el pago de las primas, incluidas aquellas asociadas a créditos.

También deberán implementar procesos claros, suficientes y rápidos para la presentación y atención de reclamaciones. Debido a que el terremoto constituye un hecho notorio, la tasación de los siniestros deberá acelerarse de manera extraordinaria para facilitar el pago de las indemnizaciones.

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Las aseguradoras tendrán además que adoptar y publicar en sus canales oficiales políticas destinadas a facilitar el pago de las primas de las pólizas afectadas por el terremoto, sin limitar estas medidas a los seguros asociados a créditos.

En los municipios afectados deberán establecer puntos de atención presencial prioritarios para atender consultas y reclamaciones.

El sector salud también tendrá un tratamiento especial: se priorizarán la atención, las autorizaciones y el pago rápido de facturas a prestadores y proveedores de servicios de salud ubicados en los territorios declarados en desastre.

Superfinanciera fija reglas para proteger a los consumidores

Las entidades financieras deberán publicar de manera visible y clara, en sus páginas web, oficinas y aplicaciones móviles, los requisitos, vigencias, alcances y efectos de los programas transitorios.

También deberán habilitar líneas y puntos de atención exclusivos para atender quejas y reclamos de los afectados, preferiblemente de manera presencial en las zonas impactadas cuando las condiciones lo permitan.

En los casos de personas fallecidas como consecuencia de la situación de desastre, las entidades tendrán que entregar información clara e inmediata sobre las facilidades y los procedimientos para gestionar sus productos financieros.

Fondos de inversión y cesantías tendrán trámites más ágiles

Las sociedades fiduciarias y las comisionistas de bolsa deberán evaluar mecanismos para agilizar los retiros de los Fondos de Inversión Colectiva (FIC) abiertos que no tengan pactos de permanencia, cuando se trate de consumidores afectados.

En los FIC abiertos con pacto de permanencia, deberán analizar alternativas para diferir o suspender sanciones y multas por retiros anticipados, teniendo en cuenta la liquidez de los fondos y la composición de sus portafolios. Estas medidas deberán ajustarse a la regulación vigente y quedar documentadas.

Por otra parte, las administradoras privadas de fondos de pensiones y cesantías y el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) deberán implementar políticas para agilizar los trámites de retiro de cesantías destinados a vivienda que sean presentados por afiliados damnificados por el terremoto, sin dejar de cumplir la legislación vigente.

Se vigilará el cumplimiento de los alivios financieros

La Superfinanciera exigió a las entidades del sistema financiero documentar y archivar las políticas, aprobaciones y soportes relacionados con la implementación de las medidas extraordinarias. Estos documentos deberán permanecer disponibles para la entidad de supervisión.

Además, la SFC habilitará un canal de contacto prioritario y exclusivo para orientar a los deudores y acompañarlos en la presentación de quejas, peticiones y reclamos contra bancos o aseguradoras que no cumplan las directrices establecidas durante la emergencia.

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La autoridad precisó que, cuando termine la vigencia de estas medidas extraordinarias, no se afectarán los plazos, periodos de gracia ni beneficios financieros que ya hayan sido otorgados a los usuarios.

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Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué deudas pueden refinanciar los afectados por el terremoto de Colombia?
Los afectados pueden solicitar la refinanciación de obligaciones contraídas antes del 10 de agosto de 2026, siempre que sus pagos tengan vencimientos desde esa fecha. El nuevo plazo no podrá superar el doble del plazo pendiente original ni exceder 20 años.
¿Durante cuánto tiempo se suspenden los reportes negativos de los afectados por el terremoto?
Los reportes negativos podrán quedar suspendidos hasta por 12 meses después de que se perfeccione la refinanciación, de acuerdo con el perfil de cada deudor. Durante ese periodo, las obligaciones conservarán la calificación de riesgo que tenían al declararse la situación de desastre.
¿Cómo pueden retirar las cesantías los damnificados por el terremoto?
Los afiliados damnificados pueden acceder a trámites más ágiles para retirar sus cesantías destinadas a vivienda. Las administradoras privadas de fondos de pensiones y cesantías y el Fondo Nacional del Ahorro deben implementar políticas para acelerar estos procesos, aunque los retiros siguen sujetos a la legislación vigente.

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