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Todo sobre los cambios en el régimen de zonas francas

  • Todo sobre los cambios en el régimen de zonas francas
16 de marzo de 2021
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El Ministerio de Comercio explicó los alcances del Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, que modificó el régimen de zonas francas en Colombia, y que busca impulsar la competitividad del país.

Según esa cartera, la idea es implementar un modelo de zonas francas 4.0, a través del cual se optimizará la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país, a partir de la promoción de proyectos empresariales ambiciosos orientados a la sofisticación de la producción interna, modernización y repotenciación del aparato productivo e inserción en cadenas locales, regionales y globales de valor.

El ministro José Manuel Restrepo Abondano, en un comunicado, mencionó que la normatividad expedida propende por la simplificación de requisitos y actuaciones para acceder al instrumento, tanto para nuevos proyectos como para la prórroga de las zonas francas existentes; así como el fortalecimiento del marco institucional con la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación.

De acuerdo con el ministro Restrepo, “con este avance estructural en el régimen, el gobierno contribuye a posicionar al país a la vanguardia en el hemisferio para la atracción de inversión, al contar con un instrumento moderno que hoy cuenta con 120 zonas francas declaradas”.

Añadió que de este número, 41 corresponde a permanentes y 79 a permanentes especiales, de las cuales 5 han sido prorrogadas.

De igual forma, destacó que el instrumento genera más de 136.000 empleos y ha contabilizado alrededor de 48 billones en inversiones ejecutadas los últimos 13 años.

Las novedades

Promover la economía 4.0 y la exportación de servicios es una de las novedades contempladas en la modificación del régimen, con lo cual se habilita el reconocimiento de activos intangibles (conforme con el régimen de propiedad intelectual vigente) como parte de los compromisos de inversión (hasta por el 20 % de la nueva inversión).

También se permite la realización de comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

Por su parte, para nuevos proyectos de servicios, se establece la posibilidad de reducir compromisos de inversión si realiza exportaciones (efectivamente canalizadas por el mercado cambiario cada año).

Adicionalmente, se habilita que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros.

Otra de las novedades es el desarrollo regional, ya que se elimina el requerimiento de área mínima de 20 hectáreas para las nuevas zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios en ciudades y municipios con menos de un millón de habitantes.

En tanto, para nuevos proyectos de zona franca que se localicen en municipios con altos índices de pobreza, se reduce el compromiso de inversión hasta en un 30 %. Esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en municipios con dicha característica.

Reducción de tiempos y requisitos

El ministro Restrepo sostuvo que uno de los mayores logros que implica la modificación al régimen es la reducción de tiempos y requisitos. En este sentido, explicó que se reduce en al menos un 15,2 % el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga de zonas francas (en función de tipologías de sectores productivos).

Desde el punto de vista del proceso de trámite de nuevas declaratorias, se reduce de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.

También se habilitó la oportunidad de acreditar el cumplimiento de compromisos de inversión a partir de la fecha de solicitud de declaratoria (hasta por el 20 % del compromiso).

Adicionalmente, se abrió la posibilidad para la solicitud de nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, así como para concesiones aeroportuarias y férreas (este último sujeto a reglamentación).

De la misma manera, se iguala en 30 años el término máximo para la prórroga tanto de zonas francas permanentes, como permanentes especiales y se da vía libre a que las zonas francas adicionen áreas no colindantes al espacio originalmente declarado, siempre que dichas áreas se encuentren en el mismo municipio o en municipios limítrofes dentro de la misma jurisdicción aduanera.

También se abre la posibilidad para que zonas francas existentes soliciten la ampliación de las actividades económicas para las cuales se autorizó su declaratoria.

De otro lado, como parte del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI), se habilitó la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas, como instancia para promover la competitividad del régimen de zonas francas frente a terceros países, así como para fortalecer la operación del modelo en el país, mediante un diálogo permanente y constructivo con el sector empresarial.

Reacción privada

La Cámara de Zonas Francas de la Andi, a su turno, destacó las oportunidades que se abren con la expedición del Decreto 278 de Zonas Francas.

Según Edgar Martínez, director de la Cámara de Usuarios de Zonas Francas de la Andi, “las Zonas Francas han sido fundamentales para promover importantes inversiones, no solo para el desarrollo de proyectos industriales y comerciales, sino para incentivar otros sectores como la salud (clínicas), la logística (puertos marítimos), la agroindustria (alcohol, biocombustibles), los servicios (call center, BPO y KPO), la energía, los hidrocarburos y la industria manufacturera, entre otros.
Y agregó que “entre las bondades que trae consigo el régimen, se destacan la creación de nuevas empresas, generación de empleo, importación de bienes de capital, mejores y más rigurosos controles, la promoción de encadenamientos productivos, economías de escala, eficiencia en la logística del comercio, un incremento constante de las exportaciones, y adicionalmente, incentiva la demanda de materias primas e insumos a productores nacionales”.
Martínez menciono un listado de oportunidades del nuevo decreto: En materia de servicios, por ejemplo, se incentivará el sector, debido a que contempla que Zonas Francas Permanentes de Servicios (ZFPS), puedan ampliar su operación a otros municipios y distritos, incluso fuera de la jurisdicción aduanera. Así mismo, autoriza que los Usuarios Industriales de Servicios, utilicen la figura del teletrabajo hasta el 50 % de su personal. Incluso, permite que una ZFPE de servicios pueda solicitar el tratamiento de ZFP.

Otra de las bondades esta en materia logística y de transporte, pues la norma abre la puerta para que nuevas inversiones que pretendan realizarse en puertos fluviales, aeropuertos y sector ferroviario, lo hagan bajo el régimen franco; contribuyendo así, al cumplimiento de los objetivos contemplados en el Plan Nacional Logístico, para el desarrollo de la infraestructura.

Para el sector agroindustrial se amplió la posibilidad que otras industrias agrícolas, además de productos cárnicos, aceites y café, puedan acceder al régimen franco, como lo son las actividades contempladas en los capítulos 1 a 24 y 29 al 53 del Arancel de Aduanas.

Adicionalmente, las ventas que realicen los usuarios a través de internet o medios digitales, no se entenderán como ventas al detal y, además, permite el ingreso de mercancías a zona franca bajo la modalidad del tráfico postal y envíos urgentes, facilitando así, la comercialización de bienes bajo la modalidad de e – commerce.

Otra ventaja que introdujo el decreto es la reducción en los compromisos de inversión, entre 15,2 % y 31 %. Y si el usuario de la zona franca establece montos de exportación o el proyecto se localiza en un departamento con altos índices de pobreza, podrán reducir aún más sus compromisos.

Por otra parte, las inversiones y el empleo que se realicen desde la radicación de la solicitud, hasta que se expida la Resolución de declaratoria como zona franca, se aceptarán como parte de los compromisos. Finalmente, los activos intangibles que adquieran las zonas francas, se reconocerán como parte de sus compromisos.
Estos cambios, apoyarán la estrategia de reactivación económica del Gobierno, haciendo que las zonas francas, sean esenciales para alcanzar objetivos en materia de inversión, empleo y desarrollo económico, consideró la Andi.

El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, aseguró que las modificaciones al régimen aduanero impulsarán la competitividad del país. FOTO Colprensa

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