La medida de la Dian cobija a los contribuyentes que no pudieron presentar sus declaraciones o enviar la información exógena tributaria el lunes 12 de mayo. Igualmente, se extiende a los usuarios aduaneros que enfrenten dificultades para realizar sus trámites en fechas posteriores, hasta que se restablezca la normalidad de los servicios aduaneros.
Por ahora, la entidad ha instalado un Puesto de Mando Unificado (PMU) para monitorear la situación en tiempo real y asegurar la pronta recuperación de los servicios.
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Así las cosas, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones, realizar los pagos correspondientes y reportar la información exógena tributaria a más tardar el día siguiente a la fecha en que se anuncie la estabilidad del servicio digital, información que será comunicada en el portal web de la Dian.
¿Qué pasará con los usuarios aduaneros tras contingencia de la Dian?
Los usuarios aduaneros, por su parte, deberán acogerse a lo estipulado en el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019, reportando las fallas a través de los canales institucionales con evidencia del error y solicitando la autorización de trámites manuales a las direcciones seccionales competentes.