Después de más de dos años de intenso debate, conciliaciones y ajustes, la reforma laboral impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro está a punto de convertirse en ley.
Con las firmas de los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes ya estampadas, lo único que falta es la rúbrica presidencial. Este miércoles, 25 de junio, Petro hará la sanción oficial.
Puede leer más: Reforma laboral aprobada: no hay más días de licencia de paternidad, ni por menstruación
Una vez el presidente firme el documento, entrará en vigor un nuevo régimen que impactará a millones de trabajadores y empleadores en Colombia. Sin embargo, no todo entrará en vigencia de inmediato: dos artículos clave relacionados con el pago de recargos y los horarios nocturnos tendrán una implementación progresiva.
Cambios en los recargos nocturnos: ¿desde cuándo se pagan las horas extra?
Uno de los puntos más esperados por los trabajadores es el cambio en la jornada laboral nocturna. Actualmente, el recargo por trabajar en horario nocturno comienza a aplicarse a partir de las 9:00 de la noche, pero la reforma establece que esa hora bajará a las 7:00 p.m.
El artículo 11 de la nueva ley redefine ese horario, pero no aplicará de inmediato. Según los cálculos del Senado, este cambio se implementará seis meses después de la sanción presidencial, lo que quiere decir que empezaría a regir en enero de 2026.
Solo hasta ese momento, las empresas deberán empezar a pagar ese recargo adicional de dos horas por cada jornada.
Pago de domingos y festivos: así será el aumento hasta llegar al 100%
Otro artículo que no se aplicará de golpe es el artículo 15, que modifica los recargos por trabajo en domingos y días festivos. Actualmente, el recargo es del 75%, pero la reforma plantea una transición gradual hasta alcanzar el 100%. Así se implementará el cambio:
-Al entrar en vigor la ley: se sube al 80%.
-Julio de 2026: se eleva al 90%.
-Julio de 2027: llegará finalmente al 100%, como lo propone la reforma.
Este escalonamiento busca darles a las empresas tiempo para ajustar sus presupuestos, y al mismo tiempo responde a una de las demandas históricas de los trabajadores del país.
Contratos de aprendices Sena ahora serán laborales formales
Uno de los grandes logros de los debates parlamentarios fue la transformación del contrato de aprendizaje para los aprendices del Sena, quienes hasta ahora tenían un vínculo más formativo que laboral con las empresas.
Gracias al artículo 23 de la reforma, este grupo de jóvenes ahora contará con un contrato formal, que incluye salario, seguridad social, vacaciones y todas las prestaciones legales. Por lo tanto, los aprendices dejarán de estar “en formación” para ser reconocidos como trabajadores. Además, recibirán:
-75% del salario mínimo durante la etapa lectiva.
-100% del salario mínimo durante la etapa práctica.
Conozca más: ¿Cuándo entraría en vigencia la reforma laboral y el aumento de recargos festivos y dominicales?
Esto busca dignificar el proceso de formación técnica y tecnológica y reducir la informalidad laboral entre jóvenes.
Otro de los puntos que pasó casi desapercibido en el debate público, pero que está en el texto final, es la inclusión obligatoria de personas en situación de discapacidad en grandes empresas.
Las compañías con 500 empleados o más deberán contratar al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores. Esta obligación marca un avance importante en términos de inclusión laboral y equidad, y será vigilada por el Ministerio de Trabajo.
¿Qué viene ahora para trabajadores y empresas?
Una vez el presidente firme el proyecto, la mayoría de los 70 artículos de la reforma entrarán a regir de inmediato. Eso incluye normas sobre estabilidad laboral, tercerización, acoso, informalidad, plataformas digitales y otros temas que impactan directamente a trabajadores formales e informales.
Pero dos temas —los recargos nocturnos y el pago de domingos y festivos— tendrán un cronograma especial, por lo que no se reflejarán de inmediato en las nóminas.
Además entérese: Reforma laboral: ¿cuánto podrán durar máximo los contratos a término fijo?