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Exdirector de la Dian asegura que Reficar se equivocó al usar una tutela contra el cobro por IVA

Lisandro Junco se refirió a la polémica entre Ecopetrol, casa matriz de Reficar, y la Dian. Aquí los detalles.

  • Lisandro Junco, exdirector de la Dian. Foto EL COLOMBIANO.
    Lisandro Junco, exdirector de la Dian. Foto EL COLOMBIANO.
hace 7 horas
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El lío jurídico entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y Ecopetrol parece que apenas empieza. Un nuevo concepto de la autoridad de impuestos obliga a Ecopetrol a pagar el 19 % de IVA por la importación de gasolina y diésel, pese a que durante años la empresa había aplicado una tarifa reducida del 5 %.

La decisión, de carácter retroactivo, abarca las operaciones realizadas entre 2022 y 2024 y ha despertado preocupación en el sector energético y financiero.

El exdirector de la Dian, Lisandro Junco, explicó en entrevista con EL COLOMBIANO que el cambio de criterio desconoce normas vigentes y genera inseguridad jurídica. “Reficar está ubicada en una zona franca especial y realiza procesos de industrialización del combustible. Por ley, esos bienes son exentos de IVA, según el artículo 481 literal E del Estatuto Tributario.

Añadió que por esa razón, la Dian emitió conceptos emitidos en 2019, 2020 y 2021, aseguran que no se le cobraría IVA a la Reficar. Sin embargo, en diciembre de 2024, la entidad modificó su interpretación y determinó que Refinería de Cartagena debía pagar el impuesto, considerando que su operación equivale a una importación. “Esa nueva interpretación viola la Constitución, porque desconoce el principio de seguridad jurídica y de confianza legítima”, sentenció Junco.

Reficar se equivocó al presentar una tutela contra la Dian

Junco indicó que la Dian sí puede embargar las cuentas de Reficar o de Ecopetrol, ya que el proceso se está tramitando bajo la figura de procedimiento aduanero, el cual no se suspende automáticamente cuando la empresa interpone una demanda. “A diferencia del proceso tributario, el aduanero permite continuar con el cobro incluso mientras el caso se discute ante los tribunales”, explicó.

El exdirector sostuvo que el recurso jurídico más adecuado no es la tutela —como interpuso Reficar— sino una acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo de Bolívar. “Esa acción sí puede solicitar la suspensión provisional del cobro mientras se resuelve de fondo si los bienes realmente son exentos”, puntualizó.

Consulte: Los CEO del Año 2025: María Lorena Gutiérrez, del Grupo Aval, y Jorge Mario Velásquez, del Grupo Argos

El exfuncionario advirtió que este no es el primer caso en el que la entidad “asume facultades legislativas”. Recordó que ya ha emitido conceptos que obligan a pagar IVA a las propiedades horizontales o a los call centers ubicados en zonas francas, pese a que la ley establece lo contrario. “La Dian se está atribuyendo funciones del Congreso, lo cual es preocupante. La pregunta es: ¿quién está detrás de estas decisiones?”, agregó.

Un golpe para el bolsillo ciudadano

De prosperar la decisión, el costo no lo asumirán directamente las empresas. “Al final, quien pagará esta sanción será el ciudadano: el motociclista, el taxista o el conductor que tanquea su vehículo. En la práctica, esto podría encarecer nuevamente el precio de la gasolina”, concluyó el exdirector.

Contexto del caso Ecopetro y la Dian

El conflicto surge porque Ecopetrol consideraba que la gasolina y el diésel procesados por Reficar estaban exentos de IVA, conforme al marco legal que regula las zonas francas. La Dian, en cambio, sostiene que esas operaciones deben considerarse importaciones sujetas al impuesto general del 19 %.

El caso avanza ahora en los estrados judiciales, mientras el sector energético advierte posibles repercusiones sobre la estabilidad fiscal de la empresa estatal y el precio de los combustibles en el país.

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