Si nunca ha pensado en cómo lo que escribe en redes sociales puede afectar su reputación laboral y dificultarle la vida a la hora de conseguir trabajo, tal vez no conoce algunos casos famosos. Por ejemplo, en abril de este año, en Texas, Kaitlyn Walls, madre soltera de 27 años, escribió en Facebook: “Hoy empiezo mi nuevo trabajo, pero detesto las guarderías. ¡De verdad odio estar cerca de tantos niños!”. En el centro de educación para menores de edad en el que iba a trabajar se enteraron y le dijeron que ni siquiera se molestara en asistir. Sin haber comenzado a laborar, perdió su trabajo. Al respecto, Juan Felipe Molina, especialista en derecho laboral, explica que en casos como este existen dos extremos que determinan si hay justa causa de despido: “Cuando la publicación tiene que ver con la actividad que se desarrolla en la empresa y cuando atenta contra el buen nombre de la compañía, los dos se pueden considerar actos de deslealtad”. Sin embargo, los temas personales que se ventilan en redes sociales, siempre y cuando no involucren a la compañía, no podrán ser causales de despido, aclara Molina. ¿Excepciones?, sí, hay zonas grises en las que algunos hechos pueden ser considerados inmorales o delictuosos. NI BLANCO NI NEGRO En ese espectro está el caso de la profesora de inglés Ashley Payne, quien en 2009 publicó en Facebook una fotografía en la que sostenía un vaso lleno de cerveza en una mano y una copa de vino tinto en la otra. Dos años después, luego de la denuncia de un padre de familia que vio esa foto, los directivos de escuela secundaria Apalachee (en Georgia), donde ella trabajaba, solicitaron su renuncia. En 2013 le ocurrió algo similar a Carly McKinney, quien enseñaba matemáticas a los estudiantes de décimo grado en la secundaria Overland ( en Colorado). Ella publicó en Twitter reveladoras fotos en ropa interior y fumando marihuana. La despidieron por esta razón. A veces, pueden existir varios implicados como ocurrió con 13 azafatas de la aerolínea Virgin Atlantic, que en 2008 criticaron públicamente en Facebook a los clientes y los malos estándares de seguridad y limpieza de sus aviones. Todo terminó en el despido de ellas. También, a principios de 2013, 15 mineros australianos publicaron un video bailando el viral Harlem Shake. Lo grabaron cuando estaban en horas laborales dentro de la mina de oro de Agnew (Australia). Los directivos de Barminco decidieron prescindir de su trabajo por considerar su actuación irresponsable. ¿QUÉ OCURRE EN COLOMBIA? Las conductas inmorales o delictivas dan justa causa de despido según el artículo 62, literal A, numeral 5, del código sustantivo del trabajo, siempre y cuando éstas sean cometidas en el lugar de trabajo o en el desempeño de las labores. Si el caso de las profesoras se hubiera presentado en Colombia habría tenido las mismas consecuencias: “Por su papel dentro del área educativa deben dar buen ejemplo y, aunque si bien el consumo de sustancias como alcohol y marihuana hace parte del ejercicio del desarrollo de la libre personalidad, éste impacta a la comunidad de alumnos a la que ellas pertenecen que, normalmente son menores de edad”, explica Molina. En 2013, Fernando Gómez Franco, designado como presidente de la Empresa de Energía de Bogotá (EEB), no pudo asumir ese cargo debido a que un medio difundió una serie de tuits obscenos publicados en su cuenta de Twitter. Con estos insultaba a diferentes compañías, hablaba de sexo y utilizaba un lenguaje violento. Los comentarios políticos a favor o en contra de un candidato o partido también son frecuentes en la web. En cuanto a las implicaciones que tienen, el abogado Molina dice que en Colombia se respeta la libertad de cultos y pensamientos así que, en teoría, no tendría ninguna repercusión legal. De hecho, “está prohibido discriminar a una persona por su pensamiento político, raza, orientación, sexual o creencias religiosas”, afirma. LA SEGURIDAD VA PRIMERO Juan Carlos Mejía Llano, experto en marketing digital, afirma que cada vez más las compañías monitorean lo que se habla de ellas en las redes sociales y otros canales digitales; por lo tanto, “es muy probable que si un colaborador publica algo negativo de la marca, la empresa se entere más temprano que tarde”. Así que el especialista aconseja tener bien configuradas las cuentas, con especial atención en las restricciones de seguridad: “es importante asegurarse que son privadas y que solo tienen acceso a ellas las personas que usted selecciona”. También recomienda no publicar opiniones negativas sobre empresas, jefes o directivos. Así mismo, dice que compartir opiniones positivas sobre un competidor y divulgar secretos de la compañía puede ser bastante perjudicial. Y finalmente, Mejía sugiere que lo mejor es no usar lenguaje obsceno en medios públicos y abstenerse de compartir fotografías que puedan ser tachadas de indebidas...