La información ha sido confusa: algunos dicen que los domiciliarios sí pueden trabajar este fin de semana durante el toque de queda decretado por la Alcaldía, pero no todos. Otros señalan que no pueden trabajar. Algunos pocos afirman que todos tienen permiso.
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Ante las confusiones derivadas del Decreto No. 0540 de 2020, con el que la Alcaldía de Medellín “prohibe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y se decreta horarios de toque de queda en la ciudad”, EL COLOMBIANO consultó al área jurídica de la alcaldía de Medellín por los alcances de las excepciones.
En el artículo 2, parágrafo 12 del citado decreto dice textualmente que están exentas la actividad de funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.
La alcaldía precisó que mientras rija el toque de queda, es decir entre las 7:00 p.m. del sábado y las 5:00 a.m. del domingo y entre las 7:00 p.m. del domingo y las 3:00 a.m. del lunes, solo están habilitados los domiciliarios que transportan material farmacéutico, medicamentos y elementos para el área de la salud.
“Ellos sí están exceptuados. Las otras actividades por domicilios no se pueden realizar en el marco del toque de queda”, aclaró la entidad.
Así las cosas, los demás domiciliarios podrán trabajar durante 19 horas el sábado (entre las 0:00 y las 7:00 p.m.) y 14 horas el domingo (de 5:01 a.m a 7:00 p.m.).
Aquí puede consultar las otras actividades exceptuadas de la norma.