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Defensoría del Pueblo solicitó a la Corte tumbar apartes de la Ley de Amnistía

  • Paula Robledo, delegada de la Defensoría del Pueblo. FOTO COLPRENSA.
    Paula Robledo, delegada de la Defensoría del Pueblo. FOTO COLPRENSA.
02 de agosto de 2017
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La Defensoría del Pueblo le solicitó a la Corte Constitucional que tumbe algunos apartes de la Ley de Amnistía, que en su criterio no van de la mano de los derechos de las víctimas.

La delegada de la entidad, Paula Robledo, cuestionó que la ley no permita que la Nación pueda interponer una acción de repetición para que los agentes del Estado paguen de su propio bolsillo el daño causado, si llegan a ser beneficiarios de la ley.

“Esto ocasiona un detrimento del patrimonio del Estado, de la garantía de los fines y obligaciones, entre ellos la reparación de las víctimas”, dijo Robledo.

Para la delegada, la Corte debe tumbar el aparte de la ley que elimina los antecedentes penales de los agentes de la Fuerza Pública beneficiados con amnistías e indultos, por “violar los derechos de las víctimas a la verdad”. “Desconoce el deber estatal de preservar la memoria histórica del conflicto armado”, agregó.

La delegada también le pidió a la Corte armonizar varias disposiciones que hablan sobre el tiempo de comparecencia ante la JEP y que se faculte a los jueces a determinar en qué casos, se necesita ampliar ese deber.

“El plazo de cinco años solo puede ser entendido como un tiempo mínimo para que los beneficiarios de la Ley, las FARC y la Fuerza Pública, puedan ser llamados a comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz, porque si no se afectarían los derechos de las víctimas”, dijo.

En ese sentido, señaló que la experiencia del país para reparar a las víctimas de violencia de género cometida en el conflicto “han necesitado más tiempo para salir a la luz que otras graves violaciones a derechos humanos”, al punto que todavía se conocen de casos de mujeres que no han acudido ante las autoridades para denunciar lo sucedido para ser reparados en el marco de la Ley de Víctimas.

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