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Fiscalía apoya argumento de defensa de Uribe sobre imputación

  • Álvaro Uribe y su abogado Jaime Granados. FOTO COLPRENSA
    Álvaro Uribe y su abogado Jaime Granados. FOTO COLPRENSA
20 de enero de 2021
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A la tutela interpuesta por los abogados del exsenador Álvaro Uribe Vélez, con la que buscan que su cliente no tenga la condición de imputado, se le sumó un nuevo ingrediente. Esta vez la Fiscalía respalda la teoría del bufete de Jaime Granados que defiende los intereses de Uribe investigado por fraude procesal y soborno de testigos.

En oficio enviado al magistrado Rafael Enrique López, del Tribunal Superior de Bogotá, el fiscal del caso dice que la indagatoria que en la Corte Suprema de Justica le hicieron al jefe del Centro Democrático no puede equipararse a una imputación de cargos como lo sentenció el Juzgado Cuarto Penal de Bogotá el pasado 6 de noviembre.

“Le asiste la razón al accionante”, dice el fiscal delegado y anota que de continuarse bajo este escenario podría darse en el futuro “una segura nulidad que frustraría la justicia material anhelada por todas las partes e intervinientes”.

Además, le pide al magistrado que se subsane con prontitud la situación ya que se está ante “un desconocimiento de reglas constitucionales y legales”.

En el escrito presentado ante el Tribunal, la defensa alegó que el juez “desbordó su competencia funcional para pronunciarse sobre aspectos que ya habían sido definidos, por la autoridad competente, así como de otras cuestiones sobre las cuales no versaba la petición elevada”.

De acuerdo con el abogado, “se plantea, desde este control constitucional, que el juez accionado desbordó su competencia para pronunciarse sobre aspectos que ya habían sido definidos por la autoridad competente”.

“La imputación implica un riguroso ejercicio de concentración particular de la conducta de cada uno de los procesados siendo deber de la Fiscalía especificar las circunstancias de tiempo, modo y lugar bajo las cuales se subsume la conducta de los procesados en los delitos que se le endilga, sin que dicho ejercicio se pueda suplir con una simple mención genérica de los hechos jurídicamente relevantes”, indicó Granados respecto a la diferencia entre la indagatoria y la imputación.

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