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Atención: privados podrán comprar vacunas para covid-19

  • El Ministerio de Salud definirá la fecha en la que empiece la vacunación por parte de privados. FOTO MANUEL SALDARRIAGA
    El Ministerio de Salud definirá la fecha en la que empiece la vacunación por parte de privados. FOTO MANUEL SALDARRIAGA
20 de abril de 2021
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Este martes, después de varios meses de especulación sobre el tema, el Gobierno Nacional publicó la resolución que define las reglas para que empresas del sector privado puedan comprar y aplicar contra la covid-19.

Con la resolución 507 del 19 de abril de 2021, el Gobierno definió que las empresas podrán actuar como importadores ”de las vacunas para su aplicación gratuita a los beneficiarios”. Es importante resaltar que, así la vacuna la hayan comprado privados, “el proceso de inmunización (...) deberá efectuarse a cero costos”.

Para que se puedan importar vacunas, el Gobierno definió, entre otros, los siguientes requisitos: solicitar que se modifique la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia ante el Invima para ser considerados importadores, garantizar las condiciones de almacenamiento establecidas por el fabricante, asumir los costos de las vacunas y de su importación.

También, en el artículo 3 de la resolución, se definieron los requisitos para aplicar las vacunas. Lo primero es que deben “garantizar la aplicación de las vacunas importadas con prestadores de servicios de salud y demás establecimientos habilitados para prestar el servicio de vacunación”. En ese sentido, “podrán utilizar la red de prestadores de servicios de salud ya existente”, siempre y cuando no sea la misma utilizada por el Plan Nacional de Vacunación.

Adicionalmente, deberán aplicar las vacunas a “las personas naturales que tengan, con ellas, un vínculo laboral o contractual y que habiten el territorio nacional”. Un punto importante al respecto es que las empresas podrán “establecer la priorización en la aplicación de las vacunas y no podrán excluir a ninguna persona que tenga con ellas algún vínculo contractual o laboral”.

Sobre el inicio de las negociaciones y de la aplicación de las vacunas, la resolución definió que “podrán iniciar una vez entre en vigencia la presente resolución”, es decir, desde este miércoles 21 de abril. La aplicación de las vacunas se podrá cuando el Gobierno avance en la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación y será el Ministerio de Salud el que indique la fecha en la que iniciará.

El presidente Iván Duque, en su programa Prevención y Acción, aseguró que “manteniendo esos lineamientos, el principio de equidad no sea vulnerado y que esto no se convierta en un negocio de intermediarios sin experiencia en el sector”.

Por su parte, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, señaló que solo se podrán importar vacunas con autorización del Invima. Además, que “no es una vacuna que se dirige a unos grupos dentro de las empresas, sino que el plan de vacunación empresarial debe incluir a todo el personal. Esto, para preservar las condiciones de equidad en el acceso a la vacuna”.

“Esta es una regulación concertada, que mantiene los principios del Plan Nacional de Vacunación y que la participación del sector privado, beneficiará a los colombianos”, precisó Ruiz.

Esta resolución se da a conocer en momentos en que el país registró una cifra de personas muertas como causa de la pandemia que llegó a 429 en las últimas 24 horas. Y, además, según el Ministerio de Salud, hubo 16.965 casos nuevos.

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