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Juez ordena a Petro retractarse de señalamientos contra los hermanos Luis Alberto y Roberto Moreno

Un juzgado ordenó al mandatario rectificar los señalamientos que hizo en tres oportunidades asociando a los dos hermanos Moreno a delitos como volteo de tierras y lavado de activos.

  • El presidente, en tres momentos diferentes, señaló a los hermanos Luis Alberto y Roberto Moreno de estar vinculados a diferentes delitos. FOTO: COLPRENSA Y CORTESÍA
    El presidente, en tres momentos diferentes, señaló a los hermanos Luis Alberto y Roberto Moreno de estar vinculados a diferentes delitos. FOTO: COLPRENSA Y CORTESÍA
14 de diciembre de 2025
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Otro revés judicial por cuenta de sus declaraciones sufrió el presidente Gustavo Petro, esta vez ante el Juzgado 35 Administrativo del Circuito de Bogotá, que falló en contra del mandatario al determinar que vulneró los derechos fundamentales a la dignidad humana, la igualdad, el buen nombre y la honra de los hermanos Luis Alberto Moreno Mejía y Roberto Moreno Mejía, al señalarlos públicamente de conductas delictivas careciendo de evidencia y de decisiones judiciales que soportaran sus afirmaciones.

La decisión se impartió el viernes pasado, 12 de diciembre, y ordena al Presidente una retractación en un plazo de 48 horas a partir de la notificación.

El proceso se remonta a las declaraciones realizadas por Petro en un consejo de ministros transmitido por RTVC, el 21 de octubre de 2025; luego en una alocución presidencial el 13 de noviembre pasado; y finalmente a una publicación en la cuenta de X del jefe de Estado del 18 de noviembre. En todas ellas, Petro asoció a Luis Alberto, expresidente del BID; y a Roberto, presidente de Amarilo, con presuntos hechos delictivos como volteo de tierras y lavado de activos, en procesos que sí existen pero en los cuales no se han demostrado vínculos con los hermanos Moreno ni tampoco hay sentencias judiciales ejecutoriadas.

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El juzgado sopesó, entre otros elementos, los alcances de la libertad de expresión, pues en su argumento la defensa del Presidente señaló que las declaraciones en cuestión “hacen parte del dominio público desde fecha anterior a ese Consejo de Ministros, a la alocución presidencial y la publicación en la red social X. Además, puntualizó que los accionados por ser figuras públicas transnacionales tienen el deber de soportar un mayor grado de escrutinio. Adujo también que el presente litigio hace parte de una estrategia de presión externa en su contra, de la que hacen parte el señor Bernardo Moreno y su familia”.

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El fallo deja constancia de que, efectivamente, los hermanos Moreno no negaron ostentar “los roles sociales que les atribuyó el Presidente. De un lado, Luis Alberto Moreno reconoció haber desempeñado importantes cargos públicos, en tanto que Roberto Moreno también aceptó ser dirigente de una empresa del sector de la construcción. Y en tal sentido, el juez le dio la razón al Petro.

No obstante, el juzgado determinó que cuando se trata de sindicarlos de la comisión de delitos, no puede condenarlos públicamente, “porque esa no es su función ni tiene competencia para ello, pues eso es resorte de las autoridades judiciales. Justamente, ese el límite que impone el Estado social y democrático de derecho”.

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Valorando los argumentos de ambas partes, el juzgado determinó que las declaraciones del Presidente en contra de los hermanos Moreno “tienen la trascendencia de afectar gravemente sus derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y su dignidad personal, pues lo dicho no es simplemente una opinión insultante, sino que consiste en señalarlos y condenarlos por los delitos de hurto y lavado de activos. De modo que, si no se corrigen esas declaraciones hechas en su contra, queda en el imaginario colectivo que efectivamente cometieron tales ilícitos. Se itera, no es al señor Petro Urrego, en su condición de presidente de la República, a quien le corresponde determinar si los accionantes son o no autores de los ilícitos señalados, sino a las autoridades judiciales en lo penal a las que les corresponde dar tal veredicto”.

Finalmente ordenó al Presidente que se retracte y ofrezca excusas públicas en las que manifieste que “no tiene certeza o no le consta que los señores Luis Alberto Moreno Mejía y Roberto Moreno Mejía, sean autores o participes de los delitos de hurto (robo) del Banco del Pacífico y de lavado de activos o de tierras a través de la urbanización de la hacienda San Simón, respectivamente, por los cuales los acusó públicamente en las referidas fechas y por los referidos canales”.

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