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Corte Constitucional aprueba el plebiscito por la paz

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18 de julio de 2016
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La Sala Plena de la Corte Constitucional le dio en la noche de este lunes el aval al Plebiscito por la Paz como el mecanismo para refrendar los acuerdos de paz que firmen el Gobierno Nacional y las Farc.

La Corte mantuvo el umbral del 13 %, con una votación de 7 a 2, por lo que se requieren 4.5 millones de votos. Igualmente, la Corte determinó en una votación 6 a 3 que el resultado del plebiscito tanto para el ‘Sí’ o como por el ‘No’ es de carácter vinculante únicamente para el Presidente de la República, Juan Manuel Santos.

La magistrada María Victoria Calle, presidente de la Corte Constitucional, se refirió a la decisión y afirmó que se declaró que el proyecto de ley respetaba la Constitución y aclaró que el acuerdo final es una decisión política y no implica incorporación de lo acordado en la Constitución ni en el ordenamiento jurídico.

Calle agregó que “el umbral aprobatorio del 13 % se consideró constitucional porque la Constitución no provee un umbral para el plebiscito”. Y afirmó que el resultado “no vincula a otros poderes, porque lo que se va a someter a consideración del pueblo es una decisión política del Presidente”, indicó.

Calle dejó claro que las campañas no podrán incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos o que se relacione con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular.

Igualmente, señaló que la campaña solo puede empezar una vez el Presidente lo convoque y el Congreso lo autorice. Y, para la campaña, primero se deberá publicar el acuerdo final 30 días antes de la convocatoria presidencial y, segundo, no se podrán incluir cargas valorativas o estratégicas que busquen incidir en el voto de los colombianos.

Dicha campaña debe tener en cuenta a las personas con discapacidad y a aquellas comunidades que no se comunican en español y que se deben crear estrategias de difusión en zonas apartadas del país.

El proceso sería el siguiente. Una vez firmado el acuerdo, el presidente Santos deberá convocar, con la aprobación del Congreso, a que los colombianos se pronuncien si están de acuerdo o en desacuerdo con lo firmado en La Habana.

Se requiere entonces que haya firma del proceso de paz y el documento deberá ser publicado para que los colombianos lo conozcan. Con base en ese texto las Cámaras tienen un mes para aprobarlo y en uno o 3 meses se deberá dar la votación.

Para que el Sí sea vinculante debe ganar con un umbral aprobatorio que supere el 13% del censo electoral, que serán por lo menos cuatro millones y medio de votos. Después de esto habrá un mandato para que el acuerdo se incorpore al ordenamiento jurídico. Si gana el No los acuerdos no podrían ser incorporados y el acuerdo de paz tendría que renegociarse.

El Plebiscito por la Paz es un mecanismo de participación para que los colombianos aprueben o rechacen los acuerdos que se firmen con las Farc. La pregunta sería planteada en esa vía está usted de acuerdo o no con lo pactado en La Habana, para lo que habría una única respuesta: “sí” o “no”.

Las reacciones

Una vez conocida la decisión de la Corte Constitucional acerca del aval al plebiscito por la paz impulsado por Gobierno del presidente Juan Manuel Santos se empezaron a conocer reacciones de especialistas en el tema. Alfredo Beltrán Sierra, expresidente de ese alto tribunal, consideró que “esta decisión lo que permite es que se acuda a un acto de refrendación popular”.

De la misma manera, Beltrán se refirió a la posibilidad de que lo decidido tras acudir a las urnas sea obligatorio tanto para el Gobierno Nacional como para la guerrilla de las Farc. “Eso fue lo acordado por las partes el 23 de julio para ponerle fin al enfrentamiento armado. Esto es una excelente noticia”, dice.

Para el abogado penalista Iván Cancino la decisión de la Corte es importante y cobra mayor validez al tener el carácter de vinculante. “Que sea vinculante es muy destacable, pues un acuerdo sin la voluntad popular sería equivalente a cero”, señala el jurista quien afirma haber quedado con un sinsabor debido al respaldo dado al 13 por ciento del umbral. “A la Corte le faltó audacia, debió haber dejado el umbral en el 25 por ciento”, sostiene.

Según el penalista, con ese umbral es muy poco representativo frente a lo que el pueblo colombiano aspira. “Un plebiscito de paz avalado con un 13 por ciento no cierra las puertas de la Corte Penal Internacional”, concluye, no sin dejar de precisar que el carácter de vinculante debe ser para las dos partes, y no solo para el Presidente “debe ser vinculante para Gobierno y Farc. No se puede hablar de ese carácter de manera facultativa”.

“La Corte hizo lo que pudo hacer para ajustar el proyecto que presentó el Gobierno”, agrega el Coronel (r) Carlos Alfonso Velásquez para quien el reto ahora es del Gobierno para que lo acordado en Cuba sea entendido por el grueso de la población. Las dudas están ahora en cuál será o cómo será la pregunta, “que no podrá ser acerca de si aprueba la paz o a guerra”, precisa el catedrático al estimar que para que las cosas salgan como el Gobierno lo espera los votos por el sí deben ser mucho más allá del 13 por ciento.

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