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Duque sancionó la ley de pliegos tipo para la contratación estatal

  • De ahora en adelante la contratación pública tendrá nuevas reglas. FOTO: Archivo Juan Antonio Sánchez
    De ahora en adelante la contratación pública tendrá nuevas reglas. FOTO: Archivo Juan Antonio Sánchez
22 de julio de 2020
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El Presidente de la República, Iván Duque, sancionó en la tarde de este miércoles, desde la Casa de Nariño, la Ley de Pliegos Tipo, una de sus promesas de campaña.

Esta normativa tiene como objetivo aplicar para todos los procesos de selección mediante licitación pública que deban surtirse para la celebración de toda clase de contratos estatales y que su campo de acción se extienda de manera imperativa para toda la estructura del Estado, tanto del orden nacional como del orden territorial.

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“Con los Pliegos Tipo se incorporan mejores prácticas en el sector y se evita la existencia de los denominados ‘pliegos sastre’ y, de igual forma, se crean condiciones para permitir la pluralidad de oferentes en los procesos de selección”, explicó la Presidencia en un comunicado.

A partir de ahora implementan los documentos pliegos tipo, que son lineamientos adoptados por el Gobierno Nacional en los que se definen diferentes condiciones y factores técnicos y económicos para la inclusión en los procesos de contratación del país.

¿Qué dice la ley?

• Hace de obligatorio cumplimiento los documentos tipo en la actividad contractual.

• Mantiene las características propias de las regiones para los modelos propios de contratación.

• Incluye procesos de capacitación para que los municipios adopten los documentos tipo.

• Se le asigna a Colombia Compra Eficiente la facultad para hacer los pliegos tipo, lo que garantiza la objetividad y la imparcialidad del trabajo. En la Ley 1882 esa competencia es del Gobierno Nacional.

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• Por otra parte, se tendrán en cuenta las características especiales de cada entidad en la elaboración de los pliegos.

• Esto implica trabajar con ellos para conocer sus necesidades e incluirlas en el pliego.

• Se incluye el deber de dar capacitación adecuada a los municipios.

• Se crea un cronograma para definir la ruta de trabajo y la selección de los pliegos a elaborar. Esto mejora la programación y elección de los pliegos durante el año.

• Se crea la obligación de establecer un procedimiento para recibir comentarios ciudadanos y públicos, lo que incrementa sustancialmente la participación no solo institucional sino ciudadana.

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