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Registraduría pide al CNE definir si Daniel Quintero puede lanzarse por firmas a la Presidencia

La Registraduría pidió definir si es legal que Daniel Quintero inscriba un comité de firmas para aspirar a la Presidencia, pese a haber participado en la consulta del Pacto Histórico.

  • La Ley 1475 de 2011 podría dejar inhabilitado a Quintero, pues quien se inscribe en una consulta no puede lanzarse luego por fuera de ella en el mismo proceso electoral. FOTO: COLPRENSA
    La Ley 1475 de 2011 podría dejar inhabilitado a Quintero, pues quien se inscribe en una consulta no puede lanzarse luego por fuera de ella en el mismo proceso electoral. FOTO: COLPRENSA
28 de octubre de 2025
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A través de una misiva fechada este 27 de octubre, pero conocida este martes, la Registraduría Nacional le pidió al Consejo Nacional Electoral (CNE) si es viable legalmente o no tramitar la solicitud de inscripción del comité de firmas con el que el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, busca avalar su candidatura presidencial.

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Semanas atrás, el exmandatario protagonizó una controversia tras anunciar su retiro de la consulta del Pacto Histórico, asegurando tener supuestamente planeado presentarse a otra que se realizaría en marzo para un “Frente Amplio” con sectores de izquierda y centro-izquierda. De hecho, su nombre apareció en el tarjetón del petrismo este domingo y sus votos fueron contabilizados.

Sin embargo, ahora Quintero –decidido a desafiar la corriente política y jurídica que lo rodea–, anunció este lunes que inscribirá un comité de firmas para lanzar una nueva candidatura presidencial. “Será una campaña independiente, sin partidos ni jefes políticos”, escribió Quintero en su cuenta de la red social X.

Ante la duda sobre si podrá participar o no, la Registraduría le pidió al CNE que verifique “si es posible realizar el registro del grupo significativo de ciudadanos denominado ‘Reset total contra el narco y los corruptos’, quienes manifestaron la intención de postularlo para las elecciones a la Presidencia de la República”.

En la consulta –elevada por el registrador delegado en lo electoral, Jaime Hernando Suárez–, se recuerda que el pasado 26 de septiembre Quintero fue postulado por la Unión Patriótica, el Polo Democrático y el Partido Comunista para participar en la consulta del Pacto Histórico.

Sin embargo, se advierte también que el 15 de octubre el exalcalde se bajó del proceso y, si bien buscó ser excluido del conteo de votos de esa consulta, la Registraduría negó la solicitud, advirtiendo que ya había dado directrices a los jurados de votación y ya se habían impreso los tarjetones.

Lea aquí: ¿Quién le dio las llaves del penthouse de la SAE de $2.100 millones a Miguel Quintero?

Cuántas firmas necesita y hasta cuándo tiene plazo

Por todo ello, la Registraduría le pide al presidente del CNE, Cristian Quiroz, que verifique si es viable jurídicamente la inscripción del exmandatario, ahora bajo la figura de la recolección de firmas. Quintero tiene hasta mediados de diciembre –es decir, poco más de mes y medio– para recoger al menos 635.000 rúbricas que validen su aspiración presidencial.

En la consulta del pasado domingo el exalcalde obtuvo más de 145.000 votos. Su nombre apareció en el tarjetón porque la Registraduría ya había iniciado la impresión de material electoral cuando oficializó su retiro. Aun así, el exalcalde fue superado incluso por los votos no marcados, que sumaron 194.082.

Más allá de los números, el paso de Quintero abre un nuevo debate sobre los límites legales de su aspiración. La Ley 1475 de 2011 establece que quien se inscriba en una consulta interna de partidos o movimientos no puede presentarse nuevamente por fuera de ella en el mismo proceso electoral. En otras palabras, el acto de haber hecho parte de la consulta, aun cuando se haya retirado, podría dejarlo inhabilitado para inscribirse por firmas.

“Con la renuncia de Quintero a la consulta de octubre, él se está cerrando las puertas para marzo. Porque la única manera de participar en marzo es no haber sido nunca candidato ni haber consolidado la candidatura, pero la candidatura se consolidó y es norma es clara (...) su inscripción se consolidó y quedó amarrado al resultado que ocurra en la consulta del 26 de octubre”, explicó a EL COLOMBIANO el exregistrador delegado para lo electoral, Alfonso Portela.

Preguntas sobre la nota:

¿Cuál es el procedimiento para inscribir un candidato por firmas en Colombia?
Debe conformarse un comité de tres ciudadanos, registrarse antes de iniciar la recolección de firmas, diligenciar el formulario correspondiente, recolectar las firmas requeridas y entregarlas dentro del plazo fijado.
¿Hasta cuándo es el plazo para entregar las firmas de apoyo para la presidencial de 2026?
Según la Registraduría, el plazo culmina el 17 de diciembre de 2025 para entregar las firmas que avalen una candidatura por firmas.
¿Qué ley regula las candidaturas por firmas de grupos significativos de ciudadanos?
La Ley 1475 de 2011 regula específicamente la inscripción de candidatos por grupos significativos de ciudadanos, incluyendo comités, plazos y requisitos.
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