¿Qué dijo la jueza sobre los tiempos del caso?
“Los 120 días empiezan a correr desde la audiencia de imputación de cargos. Esos 120 días se vencieron el 31 de marzo”, dijo la magistrada Isabel Fernández, quien luego hizo la crítica directa:
“A la Fiscalía se le han dado las gabelas; la ley le da la gabela de considerar que se trata de un asunto complejo y por eso amplía el término ordinario. La jurisprudencia ha entendido que puede presentar incluso el escrito de acusación de manera extemporánea y se considera superada la omisión”, agregó.
Luego, habló de la no presentación del escrito de acusación: “En este momento está en la audiencia el ciudadano procesado Ricardo Bonilla, pero es que es cualquier ciudadano.
El punto de quiebre que interrumpe el término de 120 días es antes de que se instale la audiencia. En el caso que nos convoca, incluso en el momento en que la defensa elevó la solicitud, ese escrito de acusación no se había presentado”.
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Después, dijo que “(sería) diferente, acogiendo la posición de la Corte Suprema de Justicia, si se hubiera radicado hoy a las 8 de la mañana, a las 9:50, a las 10:10, antes de instalar la audiencia, que la Fiscalía lo hubiera puesto de presente, pero eso no ocurrió en este caso”.
Por eso, la magistrada reiteró el vencimiento de términos, insistiendo que nadie planteó motivos de fuerza mayor o de otro tipo para explicar el porqué de la demora en la presentación de la acusación:
“Considero que en la situación que nos convoca que sí se cumplió el presupuesto para ordenar la libertad por vencimiento de términos dejando en constancia que no se hizo ninguna referencia por parte de la Fiscalía de que en el caso concreto hubiera sobrevenido alguna situación que razonablemente pudiera considerarse como constitutiva de una fuerza mayor, caso fortuito, maniobras dilatorias de la defensa”.
¿Por qué habían capturado a Ricardo Bonilla?
Bonilla es procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer e interés indebido en la celebración de contratos.
El exministro permanecía privado de la libertad desde el 18 de diciembre pasado. El fiscal del caso Gabriel Sandoval –antes de que la magistrada tomara la decisión– había solicitado no acoger la petición de la defensa de Bonilla, que buscaba su libertad.
Durante la audiencia, Sandoval precisó que, en el marco de la investigación, el escrito fue radicado este 7 de abril a las 11:09 a. m. ante el Tribunal Superior de Bogotá, razón por la cual apeló la decisión tomada por la magistrada.
Además sostuvo, a diferencia de la magistrada, que la Fiscalía se encontraba dentro del plazo para radicar el escrito de acusación, al señalar que, tratándose de delitos contra la administración pública y el patrimonio del Estado, los términos procesales se duplican, pasando de 120 a 240 días.
El delegado explicó que el conteo de los 120 días no debía hacerse desde la imputación, sino desde la privación efectiva de la libertad, que en este caso fue ordenada el 18 de diciembre.
Bajo esa interpretación, indicó que el plazo inicial vencería el próximo 16 de abril, por lo que la Fiscalía aún estaba dentro del término para presentar la acusación.
Los otros delegados que también apelaron lo decidido fueron el apoderado de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, reconocida como víctima dentro del proceso, así como los delegados de la Contraloría General de la Nación y del Instituto Nacional de Vías (Invías).
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Qué es el vencimiento de términos en Colombia?
- Es una figura legal que obliga a liberar a un procesado cuando la Fiscalía no presenta acusación dentro del tiempo establecido por la ley.
- ¿Ricardo Bonilla quedó absuelto?
- No. Sigue vinculado al proceso, pero enfrentará el caso en libertad mientras continúa la investigación.
- ¿Qué pasará ahora con el caso?
- La decisión fue apelada, por lo que un tribunal superior deberá revisar si la libertad se mantiene o se revoca.