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El caso más representativo de lo que puede ocurrir con el incumplimiento de las medidas sanitarias ordenadas por el Gobierno para evitar la propagación del covid-19 es el del alcalde de Popayán, Juan Carlos López, quien supuestamente omitió información sobre un viaje a Europa al momento de ingresar a una reunión en la Casa de Nariño con el Presidente y los mandatarios locales y regionales del país.
Por ese hecho, la Fiscalía inició una investigación y programó una audiencia de imputación de cargos contra el alcalde -quien dio positivo por coronavirus días después de la visita a Bogotá-, por falsedad ideológica en documento público.
Hasta el momento, la Fiscalía adelanta 34 investigaciones (15 de ellas en Antioquia) por la violación a la medida sanitaria. Afirman que en 10 de esos casos se ordenó, por parte de un juez de la República, detención domiciliaria.
“Quienes incumplan podrán ser sancionados según los artículos 368 y 369 del Código Penal, que establecen que el que viole medidas sanitarias adoptadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de 4 a 8 años, también el que propague epidemia incurrirá en prisión de 4 a 10 años”, afirmó el fiscal general, Francisco Barbosa.
Desde el ente acusador le explicaron a EL COLOMBIANO que muchos de los casos en proceso están relacionados con ciudadanos nacionales o extranjeros que habrían incumplido la norma de cuarentena obligatoria tras llegar al país del exterior (resolución 408 del 15 de marzo de 2020).
Junto con Migración Colombia, la Fiscalía ha hecho un seguimiento a esas personas para constatar si realmente están guardando cuarentena en el lugar que indicaron cuando arribaron al país. “Para ello se tiene en cuenta su pasaporte o documento de identidad y se miran sus movimientos migratorios, para determinar su judicialización”, agregan desde la Fiscalía.
Por su parte, Migración Colombia confirmó la expulsión y deportación de 118 extranjeros por la violación a las normas sanitarias.
La Policía informó que a la fecha se han impuesto 50.828 comparendos a quienes no han cumplido con el aislamiento, más 3.778 órdenes de comparendo de tránsito por el mismo motivo.
Este tipo de comportamientos tiene una multa de 936.323 pesos y la asistencia a un programa comunitario. Los investigadores también tienen la lupa a otras conductas indebidas relacionadas con la emergencia.
El acaparamiento es una de ellas y aunque las autoridades aún no publican el primer balance sobre los avances en este aspecto, las personas que incurran en esta actividad, sobre todo cuando se trate de alimentos y medicamentos esenciales, estarían vulnerando el artículo 297 del código penal y podrían enfrentar penas entre 4 y 9 años de prisión como lo estipula el decreto 507 firmado ayer por el Gobierno Nacional.