La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) confirmó algunas modificaciones en las fechas del pago de impuestos, como consecuencia de la emergencia sanitaria actual, generada por el covid-19.
En esta oportunidad, la entidad amplió el plazo a los grandes contribuyentes para la presentación de la declaración y el pago de la segunda cuota del Impuesto Sobre la Renta. Ahora este será entre el 21 de abril y el 5 de mayo, según el último dígito del NIT.
Así mismo, para las personas jurídicas que deban presentar la declaración y pagar la primera cuota del Impuesto Sobre la Renta, las fechas serán entre el 21 de abril y el 19 de mayo, pese a que antes se hubieran planteado entre el 14 de abril y el 12 de mayo (ver Radiografía).
Por su parte, los responsables de IVA, que pertenezcan a las actividades de “expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas, expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento, actividades de las agencias de viaje y actividades de operadores turísticos” tienen plazo hasta el 30 de junio (dependiendo del caso) para el pago del bimestre marzo-abril o del cuatrimestre enero-abril, según la determinación.
Una de las medidas que inició este año fue la sobretasa al sector financiero. Si bien el plazo para grandes contribuyentes se había establecido entre el 14 y 27 de abril, este ahora será entre el 21 de abril y el próximo 5 de mayo.
En la misma medida, para las personas jurídicas que deban efectuar este pago podrán hacerlo entre el 21 de abril y el 19 de mayo.
“Para los grandes contribuyentes y también para las personas jurídicas, las fechas para declarar activos en el exterior, serán las mismas determinadas para la presentación de la declaración de renta, es decir, entre el 21 de abril y el 5 de mayo para Grandes Contribuyentes y el 21 de abril y el 19 de mayo para Personas Jurídicas”, señaló la entidad. Así, habrá alivios para personas naturales y jurídicas ante la coyuntura que se presenta.
Cabe destacar que durante la semana anterior, la Dian informó que las empresas de transporte aéreo comercial, hoteles y aquellas compañías cuya actividad económica principal sean las actividades teatrales o de espectáculos en vivo tendrán un plazo para pagar la segunda cuota del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios hasta el 31 de julio. Entre tanto, para la tercera cuota la entidad tributaria apuntó a través de un documento que esta tendrá como fecha de corte el 31 de agosto.
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