Dian cambió fechas para el pago de impuestos

Debido a la coyuntura que atraviesa el país por el coronavirus cambian plazos para tributos como el Impuesto Sobre la Renta.

  • Lisandro Junco Riveira, director de ingresos de la Dian, dio a conocer las medidas adoptadas por la entidad. FOTO Colprensa.
    Lisandro Junco Riveira, director de ingresos de la Dian, dio a conocer las medidas adoptadas por la entidad. FOTO Colprensa.
Por Johan Chiquiza Nonsoque | Publicado

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) confirmó algunas modificaciones en las fechas del pago de impuestos, como consecuencia de la emergencia sanitaria actual, generada por el covid-19.

En esta oportunidad, la entidad amplió el plazo a los grandes contribuyentes para la presentación de la declaración y el pago de la segunda cuota del Impuesto Sobre la Renta. Ahora este será entre el 21 de abril y el 5 de mayo, según el último dígito del NIT.

Así mismo, para las personas jurídicas que deban presentar la declaración y pagar la primera cuota del Impuesto Sobre la Renta, las fechas serán entre el 21 de abril y el 19 de mayo, pese a que antes se hubieran planteado entre el 14 de abril y el 12 de mayo (ver Radiografía).

Por su parte, los responsables de IVA, que pertenezcan a las actividades de “expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas, expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento, actividades de las agencias de viaje y actividades de operadores turísticos” tienen plazo hasta el 30 de junio (dependiendo del caso) para el pago del bimestre marzo-abril o del cuatrimestre enero-abril, según la determinación.

Otras modificaciones

Una de las medidas que inició este año fue la sobretasa al sector financiero. Si bien el plazo para grandes contribuyentes se había establecido entre el 14 y 27 de abril, este ahora será entre el 21 de abril y el próximo 5 de mayo.

En la misma medida, para las personas jurídicas que deban efectuar este pago podrán hacerlo entre el 21 de abril y el 19 de mayo.

“Para los grandes contribuyentes y también para las personas jurídicas, las fechas para declarar activos en el exterior, serán las mismas determinadas para la presentación de la declaración de renta, es decir, entre el 21 de abril y el 5 de mayo para Grandes Contribuyentes y el 21 de abril y el 19 de mayo para Personas Jurídicas”, señaló la entidad. Así, habrá alivios para personas naturales y jurídicas ante la coyuntura que se presenta.

Contexto de la Noticia

Radiografía Otros alivios de la entidad tributaria

Cabe destacar que durante la semana anterior, la Dian informó que las empresas de transporte aéreo comercial, hoteles y aquellas compañías cuya actividad económica principal sean las actividades teatrales o de espectáculos en vivo tendrán un plazo para pagar la segunda cuota del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios hasta el 31 de julio. Entre tanto, para la tercera cuota la entidad tributaria apuntó a través de un documento que esta tendrá como fecha de corte el 31 de agosto.

Si quiere más información:

Johan Chiquiza Nonsoque

Periodismo. Gestión Cultural. Por la sonrisa de mi madre que vale un millón.

Porque entre varios ojos vemos más, queremos construir una mejor web para ustedes. Los invitamos a reportar errores de contenido, ortografía, puntuación y otras que consideren pertinentes. (*)

 
Título del artículo
 
¿CUÁL ES EL ERROR?*
 
¿CÓMO LO ESCRIBIRÍA USTED?
 
INGRESE SUS DATOS PERSONALES *
 
 
Correo electrónico
 
Acepto Términos y Condiciones Productos y Servicios Grupo EL COLOMBIANO

Datos extra, información confidencial y pistas para avanzar en nuestras investigaciones. Usted puede hacer parte de la construcción de nuestro contenido. Los invitamos a ampliar la información de este tema.

 
Título del artículo
 
RESERVAMOS LA IDENTIDAD DE NUESTRAS FUENTES *
 
 
INGRESE SUS DATOS PERSONALES *
 
 
Correo electrónico
 
Teléfono
 
Acepto Términos y Condiciones Productos y Servicios Grupo EL COLOMBIANO
LOS CAMPOS MARCADOS CON * SON OBLIGATORIOS
x