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Cárcel para papás de niños quemados con pólvora

10 de diciembre de 2008
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La Fiscalía General de la Nación judicializará a los padres de los hijos que resulten quemados con pólvora e incluso podrán ir a la cárcel por lesiones personales.

Así lo anunció ayer el fiscal General de la Nación, Mario Iguarán Arana, quien ordenó a todos los fiscales del país judicializar a los padres o parientes de los menores de edad que resulten lesionados por esta causa.

Según el funcionario, la figura legal que se utilizaría en este caso sería la de garante, consignada bajo el título de "Acción y omisión", en su artículo 25 del Código Penal (Ley 599 de 2000).

"La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal", dice la mencionada Ley en uno de sus apartes.

"Nadie es dueño de nadie, ni siquiera los padres de los hijos. En el caso de los menores quemados por pólvora, es hora de que comencemos a judicializar a esos padres, que están permitiendo que sus hijos se causen lesiones a veces con muchas secuelas", dijo Iguarán Arana.

Para el funcionario, los padres que permiten que sus hijos utilicen pólvora y esto les causa una lesión, es como si ellos mismos se la hubieran ocasionado.

La disposición también señala que de acuerdo a la secuela y la lesión que sufran los niños, se realizará la imputación contra sus padres o familiares.

Aparte de las sanciones contempladas, será un agravante en los procesos si los menores lesionados viven en zonas donde se encuentra prohibido el uso de pólvora por decisión de las autoridades.

Esta medida se da en momentos en que las cifras de quemados siguen en ascenso y las autoridades locales, de varias ciudades del país prohibieron el uso de pirotecnia durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

El delito
De acuerdo con el Código Penal, el delito de lesiones personales que podría ser imputado a los padres de los niños que resulten quemados por pólvora establece penas hasta de diez años de prisión. Éstas dependen del daño en el cuerpo y en la salud de las víctimas.

En las lesiones que causen incapacidad para trabajar o enfermedad por 30 días, la pena de prisión puede ser de uno o dos años.

En el caso de producir una incapacidad de 90 días, la pena puede ser hasta de tres años, y si se sobrepasa este tiempo la condena podrá ser hasta de cinco años.

Para la jueza Quinta de Menores de Medellín, Amanda de Jesús Henao, esta determinación, aunque demorada, es efectiva porque los padres son los primeros responsables del bienestar de sus hijos.

"La judicialización es factible. Ellos son responsables por el daño que se les hace y por el daño que sufren los menores. Hay un inconsciente colectivo en el país de que los niños pueden estar abandonados a su suerte y no es así", dijo Henao.

Sube la cifra en el país
Según el último informe de la Dirección de Emergencias y Desastres del Ministerio de la Protección Social, durante 2008 se han reportado 102 personas lesionadas por pólvora, de éstas, 58 son menores de edad.

El departamento con mayor cantidad de casos es Antioquia con 33 quemados. Le siguen Quindío con 22 y Nariño con 11.

Más atrás en las estadísticas están Risaralda y Valle con 7, Caldas y Huila con 5 casos cada uno, Norte de Santander con 4 y Cesar con 3 casos reportados en los centros asistenciales.

Si se mira de manera comparativa, la cifra de quemados creció durante 2008 porque en el mismo periodo de 2007 hubo 176 casos reportados a las autoridades de salud en el país. Y eso que muchos de esos casos ni siquiera son registrados.

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