Como consecuencia de numerosos e inhumanos crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial, del incumplimiento de pactos por parte de distintos gobiernos y del aumento de víctimas de genocidio, de crímenes de guerra y de lesa humanidad, se fue gestando un movimiento global de organizaciones no gubernamentales, sociedad civil, defensores de los derechos humanos, de los derechos de las mujeres y de los niños.
Después de una ardua lucha y un largo proceso de discusiones y persuasión, lograron que en desarrollo de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios, convocada por la ONU en julio de 1998, se adoptaran los Estatutos del Tribunal Penal Internacional, por parte de 120 países, más conocido como el Estatuto de Roma.
Luego de haber sido ratificado entró en vigencia el 1 de julio de 2002 y el 11 de marzo de 2003 en La Haya se llevó a cabo la ceremonia de inauguración con la presencia de los 18 magistrados elegidos por los Estados Parte, cumpliendo los requisitos de una representación geográfica equitativa y teniendo en cuenta además los principales sistemas jurídicos del mundo.
Esta Corte es un órgano de justicia independiente, integrada por una Presidencia, una Fiscalía, una Secretaría y tres Salas: La Preliminar, la de Primera Instancia y la de Apelación.
Su función y competencia es impartir justicia para que no queden impunes los crímenes más graves para la comunidad mundial, como son: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad; crímenes de guerra, y otros, como ataques a la población civil, causar daños a personas indefensas, toma de rehenes y crímenes de agresión.
Colombia, en el año 2002, durante el gobierno de Andrés Pastrana Arango, adhirió a la Corte Penal Internacional, cuando depositó el instrumento de ratificación ante el secretario general de Naciones Unidas, Koffi Anan, haciendo la salvedad de que por 7 años no se aplicaría en el país frente a los crímenes de guerra, reserva que se vence el 1 de noviembre del año 2009.
Es de anotar que la CPI solamente podrá actuar de acuerdo con el principio de complementariedad, cuando los tribunales nacionales no tengan la capacidad o la voluntad de aplicar justicia.
Su competencia no es para juzgar a Estados sino para establecer la responsabilidad penal individual y, en algunos casos de los jefes de Estado.
Durante la presente semana ha visitado Colombia el primer Fiscal de la Corte, el argentino Luis Moreno Ocampo, quien por el término de dos días y en extensas jornadas, seguramente ha buscado informarse sobre las investigaciones por las horrendas masacres perpetradas por las distintas organizaciones criminales en nuestro país y sobre los nexos de los políticos con las mismas.
Es también previsible que se entere del presunto asedio al que está siendo sometida la justicia desde diferentes estamentos de la actividad pública y de otros asuntos de competencia de este órgano de justicia internacional.
Bienvenido este alto tribunal, en la esperanza de que pueda contribuir objetivamente al juzgamiento y penalización de los crímenes y a la superación de la crucial etapa que padece nuestra patria, en la que los representantes y dignatarios de las ramas del poder público y de instituciones oficiales parecen operar todos contra todos, como francotiradores, en la que hasta se hacen alianzas y componendas con delincuentes con el único fin de descalificar a funcionarios y deslegitimar actuaciones, en la que a falta de argumentos y pruebas para desvirtuar los cargos que se imputan, se recurre al ataque desaforado y temerario, en un triste y vergonzoso espectáculo de desinstitucionalización del país, en detrimento de la verdad y favorecimiento de la impunidad.
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