El polémico magistrado Henry Villarraga Oliveros no asistió a la Sala Plena extraordinaria del Consejo Superior de la Judicatura, donde debía dar explicaciones a sus compañeros sobre las grabaciones que hizo la Fiscalía General y que lo comprometería en un posible caso de favorecimiento a militares vinculados a falsos positivos.
“El magistrado Villarraga no presentó ninguna excusa, no sé qué le pasó, esperemos en las próximas horas a ver qué es lo que pasa”, comentó lacónicamente el magistrado Wilson Ruiz Orejuela, presidente de la Sala Disciplinaria de la corporación y citante a la reunión extraordinaria.
Ruiz Orejuela agregó que no se compulsaron copias a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes “ya que es innecesario, puesto que la Fiscalía General de la Nación ya lo hizo esta mañana”.
Desde que se conocieron las grabaciones de la Fiscalía, reveladas este domingo en la noche por el noticiero Noticias Uno, Villarraga Oliveros no ha hecho declaraciones a la prensa, tampoco contesta su celular y en su despacho no dan razón de él.
Se espera que para las próximas horas el jurista dé sus explicaciones a la Sala Plena de la Corte, que aunque no es su juez natural sino la Comisión de Acusaciones de la Cámara, “como amigo y como magistrado queremos escucharlo”, dijo Ruiz Orejuela.
Precisamente, Ruiz expidió un comunicado en el que advierte que los fallos de la Sala Disciplinarias se toman “con apego a la Constitución y la ley”, al hacer referencia al caso de la colisión de competencias en que estaría involucrado el magistrado Villarraga.
El siguiente es el texto del comunicado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria:
"La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura manifiesta a la opinión pública que sus decisiones son proferidas con apego a la Constitución y la Ley, desempeñando cabalmente las funciones que le fueron conferidas.
“Prueba de lo anterior es el conflicto de competencia entre la Jurisdicción Ordinaria y la Justicia Penal Militar decidido el pasado 8 de mayo, y cuyo proceso está siendo objeto de críticas en los medios de comunicación.
“Este proceso, en el que se definía la competencia para investigar a cuatro miembros del Ejército Nacional, fue fallado con todas las garantías procesales, otorgando a la Justicia Penal Ordinaria la competencia para investigar a los uniformados, demostrando así la legalidad de las actuaciones de la Sala.
“El caso llegó inicialmente al Consejo Superior de la Judicatura en el año 2009 y en providencia del 24 de marzo de ese año, la Sala, con ponencia de la magistrada Julia Emma Garzón de Gómez, decidió otorgar la competencia para conocer del asunto a la Justicia Penal Ordinaria.
“Cuando la Fiscalía realizó la audiencia de acusación, en el 2013, fue impugnada la competencia de la Justicia Ordinaria con base en el Acto Legislativo 01 de 2012 (Reforma al fuero militar), por lo que el expediente se remitió nuevamente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria para definir el competente que continuaría con el proceso.
“En una primera ponencia, de la doctora Julia Emma Garzón de Gómez, se planteó que la Sala se inhibiera para fallar de fondo, pues ya se había asignado en el 2009 la competencia a la Justicia Ordinaria. Al ser derrotada esta ponencia, fue asignada al magistrado Henry Villarraga Oliveros, quien propuso otorgar la competencia a la Justicia Penal Militar, ponencia que también fue derrotada, y en un nuevo reparto, le correspondió al magistrado Wilson Ruiz Orejuela, remitiendo el proceso a la Justicia Penal Ordinaria, respaldado por tres magistrados más.
“Cabe aclarar que la doctora Julia Emma Garzón de Gómez salvó voto en esta decisión, pues consideró, existía cosa juzgada desde el mes de marzo de 2009.
“Frente a los cuestionamientos hechos contra uno de los Magistrados de la Corporación, por su posición sobre el asunto, la Sala aclara que los funcionarios judiciales responden de manera individual respecto de sus actuaciones y el Magistrado en su momento dará las explicaciones pertinentes.
“La Sala Jurisdiccional Disciplinaria enfatiza que es su deber constitucional velar por la protección de los derechos de los ciudadanos, garantizando que sus decisiones se adoptan con base en el ordenamiento jurídico vigente".