La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de apelación que había interpuesto la defensa del excongresista César Pérez García buscaba que una segunda instancia revisara la condena a 30 años de prisión proferida en su contra por su responsabilidad en la masacre de Segovia.
El defensor suplente de Pérez García radicó en la Corte tal petición argumentando que en este caso se debía garantizar el principio de doble instancia.
La Corte rechazó el recurso por improcedente al recordar que los congresistas que son juzgados por la Corte Suprema de Justicia no tienen doble instancia.
“Es necesario señalar que de acuerdo con el diseño Constitucional, la Sala de Casación Penal, como lo ha destacado la Corte Constitucional, es el órgano límite de la jurisdicción ordinaria y por tal razón sus decisiones son de única instancia y por consiguiente inimpugnables”, señaló la Corte.
La Corte reiteró que es mandado constitucional que no haya segunda instancia para estos casos y que la falta de una segunda instancia no es una violación de garantías fundamentales.
“No hay lugar a dar curso a un recurso imposible de tramitar, entre otras cosas porque el recurso de apelación se surte ante el Superior Jerárquico, y la Corte por ser órgano de cierre, según la expresa conformación constitucional del poder judicial, no lo tiene”, precisó la Corporación.
César Pérez García fue condenado el pasado 16 de mayo por la Sala Penal de la Corte por su responsabilidad en la masacre de Segovia, en la que murieron 43 personas a manos del grupo paramilitar Muerte a Revolucionarios del Nordeste Antioqueño (MRN).
Pérez García fue condenado por los delitos de concierto para delinquir, homicidio y lesiones personales.
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