Si bien la semana pasada la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena a 29 años y 10 meses de prisión contra el teniente coronel (r) Bayron Carvajal y el teniente (r) Harrison Eladio Castro, por la masacre de Jamundí, en la que perdieron la vida 10 policías y un civil, el alto tribunal cuestionó el fallo del Tribunal Superior de Cali que dio lugar a una rebaja de penas, pues la sentencia original era de 54 años.
Además, cuestionó el hecho de que frente al fallo del Tribunal Superior de Cali, la Fiscalía y la Procuraduría hubieran guardado silencio y no interpusieran el recurso de casación.
Y es que para la Sala de Casación Penal de la CSJ hay un tratamiento "desproporcional" por parte del Tribunal Superior de Cali al señalar que la muerte de las 11 personas debía ser calificada como homicidios simples y culposos.
"Resulta incomprensible que el sentenciador de segundo grado (el Tribunal Superior de Cali) hubiera desestimado las causales de agravación de la conducta que, como la descrita, configura una ejecución extrajudicial con el argumento de que los oficiales mencionados y sus subalternos no conocían la condición de miembros de la Fuerza Pública de las víctimas", señaló el Tribunal al dar respuesta al recurso de casación presentado por Carvajal y Castro.
Se llama la atención a las contradicciones que se dieron en el fallo en segunda instancia, pues se tuvo en cuenta que había condiciones de visibilidad óptimas que permitieron disparar a 40 metros de distancia, pero no vieron que las víctimas portaban identificaciones de la Dijín, que un testigo señaló que "al menos una de las víctimas hizo angustiosos llamados para que los militares no les dieran muerte" y que las evidencias forenses demuestran que el guía civil fue asesinado con un tiro a corta distancia.
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