El ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, notificó recientemente a los alcaldes de todo el país los resultados sobre la implementación de las nuevas reglas de juego que impone el Decreto 1525, que tiene como objetivo brindar las garantías para la protesta pacífica y el diálogo con los pueblos indígenas.
Y es que, tras ser aplicado por los alcaldes en las más recientes marchas de este miércoles 14 de octubre, la orden del ministro fue clara: seguir protegiendo el derecho constitucional a la manifestación pacífica, pero cortar de raíz y de forma inmediata cualquier asomo de vandalismo, violencia, vías de hecho o afectación a los derechos de terceros.
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“Quiero felicitar a todos los alcaldes de Colombia que en el día de ayer implementaron exitosamente el decreto sobre protesta social, es decir, el Decreto 1525. Miren, quedó demostrado ayer que este es un decreto muy importante, es un decreto democrático, cuyo rol es proteger, garantizar la protesta pacífica”, comenzó diciendo el ministro.
El fin de una negociación incierta
Este mensaje del jefe de la cartera política marcó un cambio de rumbo en la gestión de la movilización ciudadana. Si bien el Decreto 1525 ratificó que la concertación es la primera instancia obligatoria ante cualquier protesta, incluyendo las de los pueblos indígenas, también establece fronteras infranqueables.
“Es un decreto básicamente que, como lo pudieron ver ayer, permite focalizar la acción del Estado y de la fuerza pública para contener a los violentos, a los que infiltran la protesta pacífica y alteran la protesta pacífica”, detalló Lara Restrepo.
De esta manera, Lara Restrepo enfatizó que el Estado no puede ser rehén de las minorías violentas ni de los infiltrados que deslegitiman las peticiones sociales de la mayoría de las personas que sí salen a protestar de forma pacífica en el país.
“Establece como regla general el diálogo, permite una intervención gradual, diferenciar esa protesta pacífica de tantos colombianos —que es un derecho inalienable— con la violenta, reglas para los bloqueos y transparencia y control”, sostuvo el ministro en una alocución en la noche de este jueves 15 de octubre.
Asimismo, el ministro también destacó el buen comportamiento de los ciudadanos del Cauca durante la jornada de las protestas de este miércoles, ya que lo hicieron sin alterar gravemente el tráfico en la zona, sobre todo en la vía Panamericana.
“Allí sectores indígenas, muchos de ellos en el CRIC, celebraron una cumbre indígena y salieron, protestaron, marcharon por la vía Panamericana, permitiendo básicamente que en el otro carril siguiera el flujo y el tránsito normal, y fueron desde Caldono hasta Santander de Quilichao”, expresó.
Las líneas rojas del Decreto 1525
El núcleo de la directriz ministerial radica en la activación de causales específicas para romper el diálogo de manera inmediata y dar paso a la intervención de la fuerza pública de forma gradual.
Por eso, según el Gobierno Nacional, los alcaldes deberán suspender cualquier mesa de negociación si ocurren en las calles los siguientes escenarios:
-Bloqueos directos a misiones médicas.
-Desabastecimiento de alimentos o medicinas por afectación a servicios públicos.
-Porte o uso de cualquier tipo de armas por parte de los manifestantes.
-Retención ilegal de personas.
-Agresiones físicas o verbales a periodistas y personal de salud.
Garantías de protesta sin desorden
La normativa busca un equilibrio estricto. Por un lado, se brindan plenas garantías institucionales a las comunidades que marchan de forma ordenada y pacífica. Por el otro, se dota a los mandatarios locales de las herramientas legales necesarias para actuar con firmeza.
“Este es un gobierno abierto, este es un gobierno que quiere entablar un diálogo genuino y fructífero con todos los pueblos indígenas de Colombia, con todas las autoridades, con las organizaciones sociales que los representan también, porque mi propósito —y ya lo vamos a ver y el país lo va a conocer pronto— es desarrollar la mejor política indígena, es transformar la política indígena del país”, dijo.
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El propósito final expuesto a los gobernantes locales es focalizar la acción judicial contra los criminales, evitando la estigmatización de la protesta legítima, pero asegurando el libre movimiento y el bienestar de los ciudadanos que deciden no participar en las movilizaciones.
- ¿Cuáles son los motivos exactos para suspender el diálogo en una protesta según el Decreto 1525?
- Las autoridades deben romper el diálogo e intervenir de inmediato si los manifestantes realizan bloqueos a misiones médicas, causan desabastecimiento de alimentos o medicinas, portan o usan armas, retienen personas de forma ilegal o agreden a periodistas y personal de salud.
- ¿Cómo se aplicará el uso de la fuerza por parte de la Policía en las manifestaciones?
- El Decreto 1525 establece que la intervención de la fuerza pública se debe realizar de manera gradual, utilizándola únicamente como último recurso cuando se rompan las mesas de diálogo debido a actos de violencia o bloqueos ilegales.
- ¿Qué obligaciones tienen los alcaldes del país frente a las nuevas directrices del Ministerio del Interior?
- Los alcaldes tienen la obligación de agotar el diálogo y la concertación como primera instancia obligatoria ante cualquier movilización, pero deben actuar con firmeza y suspender la negociación si se cometen actos delictivos o afectaciones graves a terceros.
- ¿Qué pasa con las protestas de las comunidades y pueblos indígenas bajo esta norma?
- El Decreto 1525 garantiza el derecho a la concertación y la protesta legítima de los pueblos indígenas, siempre y cuando sus movilizaciones se desarrollen de forma pacífica y sin incurrir en ninguna de las causales de violencia que obligan a la intervención estatal.