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Justicia volvió a negar tutela de Esteban Restrepo para que Federico Gutiérrez se retractara

Un fallo de segunda instancia negó la acción de tutela con la que el exfuncionario de Daniel Quintero, hoy en la Superintendencia de Salud, exigía que el alcalde de Medellín no le diera trato de delincuente.

  • Esteban Restrepo, exfuncionario de la alcaldía de Daniel Quintero y hoy en la Superintendencia de Salud, busca que Gutiérrez no se refiera él y a otros exsecretarios como “los que se robaron a Medellín”. La justicia le negó esa petición. Foto: El Colombiano.
    Esteban Restrepo, exfuncionario de la alcaldía de Daniel Quintero y hoy en la Superintendencia de Salud, busca que Gutiérrez no se refiera él y a otros exsecretarios como “los que se robaron a Medellín”. La justicia le negó esa petición. Foto: El Colombiano.
hace 3 horas
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Un fallo en segunda instancia del Juzgado Octavo Penal del Circuito de Bogotá negó al exsecretario de Gobierno de Medellín, Esteban Restrepo, la acción de tutela con la que pretendía que el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, se retractara de afirmaciones que considera injuriosas.

La disputa legal se originó por una publicación realizada el 11 de mayo de 2026 en la red social X (antes Twitter), donde Gutiérrez habría vinculado a Restrepo con presuntos hechos de corrupción.

El despacho judicial determinó que el demandante no aportó las pruebas suficientes durante el trámite legal, aclarando que el mensaje no provenía de un periodista en ejercicio de su profesión.

Restrepo intentó presentar estas pruebas en la etapa de impugnación, sin embargo, el juez de segunda instancia aclaró que no pueden valorarse hechos o documentos nuevos en esta fase para no vulnerar el debido proceso del demandado.

El exfuncionario de la alcaldía de Daniel Quintero, y que hoy hace parte de la Superintendencia de Salud, buscaba que Gutiérrez no se refiriera a él y a otros exsecretarios como “los que se robaron a Medellín” e incluso le había dado un plazo de 48 horas para “ofrecer disculpas públicas en sus redes”.

En primera instancia, el Juzgado 107 Penal Municipal había declarado la acción como improcedente por considerar que existían otros medios de defensa, y consideró que Restrepo no demostró una afectación grave, urgente o inminente que hiciera necesaria la intervención excepcional del juez de tutela por encima de otros mecanismos legales.

Lea más: ¿Quiénes son los aliados de Quintero que nombró en la Supersalud?

Ya en la segunda instancia, el fallo aclaró que no era exigible la solicitud previa de rectificación en este caso, debido a que las manifestaciones fueron emitidas por Federico Gutiérrez y no en el marco de una actividad periodística o de un medio de comunicación habitual.

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