El arancel del 40% a la ropa importada ya es una realidad. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dejó en firme el decreto que establece este impuesto a todas las prendas de vestir que ingresen desde el extranjero.
La medida, que se había establecido en abril de 2021, pero tenía una vigencia de dos años, ahora con el nuevo decreto es permanente, y se aplicará a confecciones como abrigos, chaquetas, trajes, sacos, pantalones, shorts, camisas, blusas y ropa interior, entre otros.
De acuerdo al Gobierno nacional y al Ministerio de Comercio, el decreto busca “impulsar un equilibrio en el comercio internacional, una mayor generación de valor agregado, la competitividad y el empleo, en especial los femeninos y en la productividad de la industria nacional de confecciones”.
“Este arancel a la importación de confecciones permitirá que pueda dispararse la industria nacional de prendas de vestir. Mejor aún si frenamos el gran contrabando que es la otra cara de la moneda de la exportación de cocaína ilegal”, dijo el presidente Gustavo Petro en noviembre pasado cuando el decreto salió a consulta pública.
La nueva norma del Ejecutivo ha derivado en opiniones a favor y en contra. Para Javier Díaz, presidente de Analdex, la iniciativa incrementará aún más el contrabando en el país porque permite que entre mercancía a Colombia a precios más bajos, por lo tanto, esta sería la principal competencia de la industria nacional de la confección.
Por su parte, Camilo Rodríguez, presidente de la Cámara Colombiana de la Confección y Afines (CCCyA), señaló que este arancel impulsará la creación de empleo en el país, especialmente, para las mujeres. Serían 250.000 puestos de trabajo adicionales en el primer año de vigencia y un millón en los próximos cuatro años.
De acuerdo al decreto, el arancel del 40% no aplicará a aquellas importaciones de mercancías que se encuentren efectivamente embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del decreto, es decir, hacia mediados de enero de 2023.
La decisión, que se adopta con el Decreto 2598 del 23 de diciembre de 2022, señala que este gravamen se aplica a las confecciones procedentes de los países con los que Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes.
Además, establece que a las mercancías referentes a los capítulos 61 y 62 que salgan hacia el territorio nacional desde una Zona de Régimen Aduanero Especial, de una Zona Franca o de un Centro de Distribución Logística Internacional, se les aplicará el arancel en mención.
La norma también derogó el Decreto 414 de abril del 2021 que había definido un arancel del 40% a esas importaciones que ingresaran por un valor inferior o igual a 10 dólares por kilo. Y uno del 15% más 1,5 dólares por kilo, cuando el precio fuera superior a US$10.
Con la decisión que se conoce hoy de establecer un solo arancel del 40%, se adopta la recomendación hecha por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A) en su sesión de octubre.
“Se hacía necesario impulsar un equilibrio en el comercio internacional, una mayor generación de valor agregado, de competitividad, un impulso al empleo, en especial para las mujeres, y a la productividad de la industria nacional de confecciones”, dijo el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza.