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Consejo de Estado tumbó el decreto del salario mínimo de 2016, ¿podría repetirse el escenario en 2026?

Tras el incremento del salario mínimo en 23,7%, el exministro José Manuel Restrepo puso sobre la mesa un antecedente clave: la anulación del decreto de 2016 por falta de motivación técnica. Expertos coinciden en que una demanda es jurídicamente viable, bajo ciertos parámetros, ¿cuáles son?

  • El Consejo de Estado ya anuló en 2017 un decreto de salario mínimo por falta de sustento técnico, un precedente que hoy vuelve al debate público. FOTO: Archivo EL COLOMBIANO, Edwin Bustamante
    El Consejo de Estado ya anuló en 2017 un decreto de salario mínimo por falta de sustento técnico, un precedente que hoy vuelve al debate público. FOTO: Archivo EL COLOMBIANO, Edwin Bustamante
hace 7 horas
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El reciente revuelo generado alrededor del incremento del salario mínimo para 2026, el cual quedó fijado en 23,7% causó todo tipo de reacciones, hasta el punto de que, para quienes están en contra de la subida de este, volvieron a poner sobre la mesa un antecedente clave en la historia jurídica del país: en 2017, el Consejo de Estado anuló el decreto con el que el Gobierno fijó el salario mínimo para 2016, una decisión que, aunque no cambió lo ya pagado en ese entonces, dejó un precedente que genera preguntas sobre lo que podría pasar con el salario mínimo el año entrante.

El alto tribunal declaró la nulidad del Decreto 2552 de 2015, que había fijado un aumento del 7% para 2016, al considerar que el Gobierno no motivó de manera suficiente la decisión. En su fallo, el Consejo de Estado concluyó que el Ejecutivo no explicó con claridad por qué ese porcentaje era el adecuado ni cómo se ponderaron variables clave como la inflación, la productividad, el crecimiento económico y el poder adquisitivo de los trabajadores.

Contexto: Consejo de Estado tumbó decreto que fijó el salario mínimo para 2016

Para la Sala, no bastaba con mencionar esos factores de forma general: el decreto debía justificar técnica y explícitamente la cifra adoptada, más aún cuando no hubo acuerdo en la mesa de concertación salarial. Esa falta de motivación fue considerada un vicio de legalidad del acto administrativo.

Eso sí, el fallo fue claro en un punto, puesto que, dicha decisión no tuvo efectos retroactivos. Es decir, no obligó a devolver salarios, ni modificó pagos, multas o contratos que se calcularon con base en ese salario mínimo. La nulidad solo operó hacia el futuro y tuvo un carácter principalmente institucional, además de haber dejado un precedente.

¿Ese fallo abre la puerta a una demanda en 2026?

El caso de 2016 se convirtió desde entonces en un referente obligado que pasa por la mente de quienes a partir del 2017 han estado en desacuerdo con cada aumento del salario. Para esta ocasión, que ha sido de las que más ha generado revuelo en los más recientes años, el exministro de Hacienda José Manuel Restrepo fue quien se refirió a esta alternativa, invitando a los colombianos a demandar ante el Consejo de Estado, citando a lo acontecido hace alrededor de ocho años, cuando Juan Manuel Santo era el presidente del país.

Restrepo publicó en su cuenta de X una captura sobre el precedente de años atrás acompañado de lo siguiente: “En beneficio del 90% de colombianos que se van afectados por la medida del día de hoy del gobierno. No podemos permitir la destrucción de Colombia sin argumento de sensatez”.

Ante este escenario, expertos señalan que, jurídicamente hablando, sí es posible demandar ante el Consejo de Estado el decreto que fija el salario mínimo, siempre que se argumente que vulnera normas superiores o que carece de la debida motivación.

Lea más: Vigilancia, el sector más impactado por alza del salario mínimo y recargos nocturnos: “Costos aumentarán 30% por puesto”

Además, coinciden en que el precedente no significa que cualquier aumento pueda tumbarse automáticamente. El punto central no es el porcentaje del alza, sino la forma en que el Gobierno sustenta su decisión. Si el decreto del salario mínimo de 2026 no demuestra de manera clara cómo se evaluaron las variables económicas exigidas por la ley, podría abrirse la puerta a una acción de nulidad similar.

Conozca también: Gremios advierten graves implicaciones tras aumento del salario mínimo del 23,7% decretado por el Gobierno

No obstante, el éxito de una eventual demanda dependerá de que se pruebe un defecto concreto en el procedimiento o en la motivación técnica. El Consejo de Estado, en el fallo de 2017, dejó claro que su rol no es fijar salarios, sino exigir transparencia, rigor técnico y respeto por las reglas del proceso.

De cara a 2026, el antecedente sigue vigente. No implica que el salario mínimo esté en riesgo inmediato, pero sí que cualquier decisión deberá resistir no solo el escrutinio público, sino también el jurídico.

Bloque de preguntas y respuestas

¿El salario mínimo de 2026 puede ser anulado?
Sí puede ser demandado, pero no por el monto del aumento, sino si se demuestra que el Gobierno no motivó técnicamente la decisión conforme a la ley.
¿Si se anula habría que devolver salarios?
No. El precedente de 2017 dejó claro que la nulidad no tiene efectos retroactivos sobre salarios ya pagados.
¿Qué debe justificar el Gobierno en el decreto?
Inflación, productividad, crecimiento económico, poder adquisitivo y el resultado de la concertación salarial.
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