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Dian reglamentó requisitos del régimen tributario especial

29 de diciembre de 2017
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billones es el recaudo total de impuestos estimado por el Gobierno Nacional para 2018.

Con el decreto expedido por el Gobierno Nacional que define el perfil de entidades del régimen tributario especial y del que hacen parte las entidades sin ánimo de lucro (Esal), son 262.880 organizaciones que deberán actualizar su condición para mantener beneficios, según cifras de Confecámaras, .

Se trata del decreto 2150, que también incluye a entidades del sector solidario (cooperativas) y consagra temas como manejo impositivo de donaciones, requisitos para pertenecer a este régimen, función social, así como el tratamiento tributario de ingresos, egresos y patrimonio. Además, reglamenta la calificación, permanencia y actualización, de modo que los contribuyentes que deseen calificarse en este régimen lo deben hacer en www.dian.gov.co.

Necesitan cumplir términos y condiciones exigidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), para acceder a beneficios fiscales por impuesto de renta y complementarios. La exclusión del régimen y sus beneficios también se contempla en este reglamento, que admite como Esal a entidades del sector cooperativo, pero a estas les exigió registrarse en línea y verificar su condición.

Las Esal creadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre de este año pertenecen al año gravable 2017, pero tienen el deber de actualizar el Registro Único Tributario (RUT), aclarando su responsabilidad en impuesto de renta y complementario “04”, a más tardar el próximo 31 de enero.

Para continuar en 2018 en el régimen deberán presentar y radicar la información exigida en el sitio web de la Dian, esto a más tardar el 30 de abril de 2018.

Las entidades que no figuren en la base de datos de la Dian y a 31 de diciembre de 2016 estaban en este régimen especial, deben actualizar el RUT antes del 30 de abril de 2018 de forma presencial, para ser incluidas .

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