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El próximo 31 de octubre se cierra el primer plazo para aplicar a la exención de renta por siete años a la que podrán acceder quienes tengan una empresa de las industrias creativas o de base tecnológica.
Anualmente serán tres convocatorias que se abrirán marzo, julio y octubre, a través del portal web: www.economianaranja.gov.co.
¿Cómo hacerlo? Primero debe registrar el usuario, con los datos del representante legal de la organización y la información de la empresa con número de contacto y domicilio (debe estar en Colombia).
Debe adjuntar los siguientes documentos escaneados con su firma en formato PDF: copia del Registro Único Tributario (RUT), copia de declaración de renta del año inmediatamente anterior (si fue constituida este año, no aplica), los estados financieros, con la respectiva certificación firmada por el contador.
En caso de que se haya creado este año, se deberá presentar la información financiera de constitución de la sociedad y certificar los ingresos al último corte contable. Y tendrá que llenar un formato de viabilidad financiera, otro del plan de generación de empleo y uno más de proyección de la inversión.
Su solicitud tiene un plazo de 30 días hábiles para ser estudiada por el Comité Naranja, constituido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT), Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), Ministerio de Cultura y el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
“Los requisitos son muy simples. La idea es no ponerlos contra las cuerdas. Al contrario, que superen el ‘valle de la muerte’ (de 100 empresas solo 38 sobreviven después de cinco años). Por eso son siete años de cero renta”, dijo el viceministro de la Creatividad y la Economía Naranja, Felipe Buitrago.
“A los cinco años están apenas sobrepasando ese valle, pero tenemos la certeza de que si llegan a los siete años, es porque ya están consolidadas”, añadió Buitrago.
Desde que se fijó la Ley de Financiamiento en diciembre pasado, quedó aprobada la exención de renta para compañías de la economía creativa, concepto que fue creado por John Howkins en 2001.
Esto implica que se dediquen a la producción musical, de cine, televisión, teatro, moda, diseño, artesanías, arquitectura, publicidad, agencias de información; y hasta a emprendimientos de base tecnológico.
Uno de los requisitos es que sus ingresos no excedan los 80.000 UVT, es decir, que estén por debajo de los 2.741,6 millones de pesos (2019).
Otro es que el plan de inversión debe apostar por un mínimo de 4.400 UVT, lo que equivale a 150,7 millones de pesos en los próximos tres años y generar empleos dependiendo de los ingresos que obtenga.
La segmentación es así: si devenga hasta 205,6 millones, el mínimo son tres trabajos generados. Si llega hasta 514 millones, cuatro empleos, si alcanza los 1.028,1 millones debe garantizar cinco puestos de trabajo, con 2.227,5 millones, siete empleos y 2.741,6 millones, ocho personas.
Cabe resaltar que, en caso de que la Corte Constitucional tumbe la Ley de Financiamiento, estos beneficios se perderían.
“Nosotros consideramos que la Corte obrará en el sentido más conveniente para el país y mantendrá la certidumbre jurídica. De cualquier manera, estamos siempre listos a acatar los dictámenes de la Corte”, señaló Buitrago.