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Son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores dependientes. Equivalen a un salario mensual por cada año laborado y se liquidan anualmente, al 31 de diciembre. Es decir que, si trabajó un año completo, su empleador consignará un mes de salario en su fondo de cesantías.
Hasta el 31 de enero las empresas debieron realizar la respectiva liquidación de los intereses a las cesantías, los cuales corresponden al 12 % sobre un mes de salario del empleado o proporcional si no laboró el año completo. Estos intereses son entregados directamente al trabajador, mientras que las cesantías deben ser consignadas por los empleadores a los fondos, a más tardar hoy, 14 de febrero. En caso contrario, como sanción deberá pagar un día de salario por cada día de retraso.
Según cifras de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, Asofondos, para el año 2018, había 7,5 millones de afiliados a los fondos de cesantías y el ahorro de esas personas ascendió a 10,7 billones de pesos.
En conversación con EL COLOMBIANO, Jorge Llano, director de Estudios Económicos de Asofondos, explicó que cada empleado es libre de escoger el fondo que le administrará sus recursos y a qué destinará esta prestación social, siempre y cuando se invierta de acuerdo a la ley. Además, nos compartió algunos tips importantes que se deben tener en cuenta sobre las cesantías.
EN DEFINITIVA
Hoy, 14 de febrero, es el plazo máximo que tienen los empleadores de consignar las cesantías a los fondos. De no cumplirse, deberá pagar como sansión un día de salario por cada día de incumplimiento.