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Gobierno propone impuesto del 40% a las confecciones importadas

La medida modificaría parcialmente el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 para establecer el arancel a importaciones de naciones más favorecidas.

  • Prendas, complementos de vestir y artículos confeccionados tendrían el arancel. FOTOS: COLPRENSA
    Prendas, complementos de vestir y artículos confeccionados tendrían el arancel. FOTOS: COLPRENSA
03 de noviembre de 2022
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El Ministerio de Hacienda junto al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y con el apoyo del presidente Gustavo Petro, propusieron poner un impuesto de 40% para las importaciones de ropa.

La medida, que tiene la finalidad de modificar el arancel para la importación de confección a Colombia, busca fijar este porcentaje de impuesto a “cualquier origen de nación más favorecida para los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional”.

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El Gobierno Nacional defiende la propuesta, pues según los funcionarios públicos, se desarrolla con la finalidad de impulsar la industria de confección nacional.

El documento también señala que el pasado 26 de octubre el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó al Gobierno tomar medida arancelarias respecto a la importación de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional.

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Así, en el artículo uno se propone modificar parcialmente el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 “en el sentido de establecer un arancel del cuarenta por ciento (40%) ad valorem a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), para los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional”.

Igualmente, el documento aclara que los aranceles a los que se refiere este decreto no modificarán ningún programa de desgravación preferencial vigente en el país. A su vez, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, revisaría anualmente el gravamen arancelario establecido en el decreto.

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Con el decreto también se derogaría el Decreto 414 del 16 de abril de 2021 y entraría en vigencia la propuesta quince días de calendario contados a partir de la publicación en el Diario Oficial.

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