En las últimas horas, la Gobernación de Antioquia se refirió a la decisión que tomó la Corte Constitucional frente al decreto 678.
El pasado 15 de octubre, el alto tribunal tumbó el artículo 7 de dicho decreto, el cual, explica la Gobernación, “establecía el beneficio para deudores de impuestos, tasas, contribuciones y tributos departamentales”.
“La Gobernación de Antioquia, a través de su Dirección de Rentas de la Secretaría de Hacienda, de conformidad con la jurisprudencia, informa a los ciudadanos que ya no se aplicarán estos beneficios”, se lee en un comunicado.
De esta manera, la administración departamental aclaró que desde el 16 de octubre no se reciben solicitudes ni pagos del beneficio. Y agrega que “las personas que ya habían iniciado el trámite tampoco podrán finalizarlo”.
A su vez, Ana Isabel Hernández, directora de Rentas en la Gobernación, explicó que ahora las entidades financieras no pueden recibir el pago con el beneficio “por efectos de inaplicabilidad de la norma”.
“No es posible dar aplicación a los beneficios de hasta el 20 % para el pago sin sanciones ni intereses”, se reitera en el comunicado.
El decreto 678 fue expedido el 20 de mayo de este año y, precisa la Gobernación, “establecía beneficios tributarios en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por la covid-19”.