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El alto tribunal dijo que el Legislativo trasgredió la Carta del 91 con esa pena, pero desde el Capitolio respondieron que su función es legislar.
La decisión de la Corte Constitucional de tumbar la cadena perpetua revisable para violadores de niños, medida duramente criticada por el Gobierno de Iván Duque, revivió un frente de debate en torno a los límites de funciones que tiene este alto tribunal y el Congreso.
Mientras la Corte dejó explícito en su sentencia que el Legislativo “trasgredió” su capacidad de legislar al romper la frontera jurídica que le imponen a Colombia los tratados internacionales que ha firmado –y que prohíben medidas como la prisión perpetua–, desde el Capitolio le respondieron que las leyes y reformas a la Carta Política son parte de sus labores constitucionalmente explícitas.
Y aunque todos los actores implicados en este debate se adelantan advirtiendo que acatan la medida para evitar un desbalance jurídico en el Estado colombiano, tesis que también esbozó el propio Duque, quedó abierta de nuevo la discusión sobre si la Corte, como dicen desde el Congreso, se extralimitó y se abogó la función de legislar.
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