El decreto 749 reglamenta la extensión de la cuarentena en Colombia hasta el primero de julio.
El documento, firmado por el presidente y todos sus ministros, incluye la flexibilización de horarios para realizar actividades al aire libre, tal cual lo mencionó en su programa de este miércoles, e incluyó 43 actividades económicas y comerciales, para que regresen a la actividad desde el próximo lunes, primero de junio, con protocolos de seguridad.
Las excepciones, según Presidencia, “buscan garantizar el derecho a la vida, a la salud y la supervivencia de los colombianos”.
El decreto ordena el aislamiento “de todas las personas habitantes de la República de Colombia” durante el periodo de tiempo establecido, y como medida para enfrentar la pandemia.
La norma, se lee en el decreto, “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 43 excepciones que buscan garantizar los derechos ya mencionados.
Asimismo se puede leer que, entre otros pequeños grupos económicos, podrán abrir peluquerías, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.